SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La creación de dos nuevas provincias sería parte del acuerdo arribado entre los partidos de la Liberación Dominicana (PLD) y Revolucionario Dominicano (PRD).
Las dos nuevas provincias serían las de Santo Domingo Norte, que se llamaría José Francisco Peña Gómez, y la de Santo Domingo Oeste, que se llamaría Juan Bosch.
Según una nota publicada este viernes por Diario Libre, esto sería como resultado de la división de la provincia Santo Domingo que se tiene planteado en un proyecto de Ley.
La información indica que los dos nuevos senadores en estas nuevas provincias serían postulados por el PRD para los comicios del 2016.
A las 5:00 de la tarde de este viernes está previsto que el presidente del PRD, Miguel Vargas Maldonado, realice una rueda de prensa, donde explicaría con detalles, los términos del acuerdo firmado con el PLD.
Antes de este acuerdo, internamente, el presidente del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Leonel Fernández, y el presidente de la República, Danilo Medina, llegaron a un acuerdo, que para los peledeístas, fue el fin de la crisis internas de esa organización política.
Acuerdo interno del PLD
Las fuerzas internas del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) acordaron los siguientes puntos:
1- Se acuerda impulsar la decisión del Comité Político de fecha 19 de abril del presente año, de proponer la modificación del artículo 124 de la Constitución de la República y de agregarle a la misma un artículo transitorio;
2- Se acuerda respaldar e iniciar oportunamente a través de la representación legislativa de nuestro partido una modificación de los artículos 270, 271 y 272 de la Constitución de la República, a los fines de fortalecer y hacer más calificados los porcentajes requeridos para la reforma de la misma a futuro;
3-Hacer reserva, en sentido general, de cara a las elecciones nacionales del año 2016, de las candidaturas a la senaduría y de la Cámara de Diputados que ostentan actualmente los compañeros y compañeras en ejercicio;
4- Se reitera la actitud seguida por este organismo, de seleccionar, atendiendo a un criterio fundamentado en el equilibrio, a los compañeros que integrarán la presidencia y vicepresidencia de las cámaras legislativas;
5- Mantener a los actuales incumbentes de las alcaldías y de los distritos municipales, siempre y cuando se demuestre un buen posicionamiento electoral en sus respectivas comunidades. En este caso se excluyen las candidaturas reservadas para fines de alianzas;
6- Impulsar la posposición para el último trimestre del año 2020, del Congreso Nacional del PLD;
7- Acoger el criterio de que las decisiones a ser tomadas por el Comité Político del PLD, sean en base al consenso entre los integrantes de este organismo y en su defecto será necesario que las tres cuartas partes (3/4) de la matrícula del mismo;
8- Que las vacantes a ser llenadas de los miembros del Comité Central cuando fuere procedente, se hagan en base a criterios equilibrados;
9- Propiciar la integración de los miembros de la Comisión Organizadora que tendrá a su cargo la escogencia de las candidaturas congresuales y municipales para las elecciones del año 2016;
10- Ratificar los acuerdos de alianza con los partidos que integran el Bloque Progresista, concediéndoles plenos poderes al candidato presidencial para los pactos de candidaturas;
11- Otorgarles los correspondientes poderes al candidato presidencial del PLD, para la concertación de pactos de alianzas con otras fuerzas políticas que no formen parte del Bloque Progresista;
12- La coformación de dos equipos de campaña a nivel nacional para las elecciones generales del año 2016, en el entendido de que el primero de ellos tendrá la responsabilidad para el nivel de la candidatura presidencial, el cual será coordinado por el candidato presidencial o la persona que él designe, mientras que el segundo, es decir, para las candidaturas congresuales y municipales, será dirigido por el Presidente del PLD;
13- Que la integración de los respectivos comités de campaña para los diferentes niveles y localidades, se hagan de una manera equilibrada para garantizar la unidad y el trabajo en equipo;
14- Apoderar a las instancias orgánicas correspondientes cuando procediere, para la ejecución y puesta en práctica de algunas de las acciones señaladas en el presente documento (Comité Central, Congreso Elector, Plebiscito Partidario, entre otros…)
15- Asumir el compromiso de no accionar ni entablar instancias de apoderamiento a las denominadas Altas Cortes del país.
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