La renovación de las actuales autoridades del PLD estaba prevista para junio del 2016 y para permanecer hasta el 2020 sería necesario un plebiscito.
El acuerdo al que arribaron los miembros del Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) lo que ha hecho es sacar del ámbito del Estado los problemas internos de la organización que tiene como reto la aplicación de un acuerdo de 15 puntos que hasta ahora solo se ha enfocado en impulsar la reforma del artículo 124 de la Constitución.
Quedan en una especie de limbo las propuestas del ex presidente Leonel Fernández, presidente del PLD, de que se modifiquen los artículos 270, 271 y 272 de la Constitución a los fines de fortalecer y hacer más calificados los porcentajes requeridos para su reforma a futuro.
La aplicación de esas propuestas sería el resultado más positivo que tendría el país producto de la situación política que ha generado el proceso de modificación constitucional para permitir la repostulación del presidente Danilo Medina, pero hasta ahora no se observan acciones para encaminarlas.
El PLD lleva a todo vapor la modificación del artículo 124 de la Constitución y se espera que aprobada la reforma se reúna el Comité Político para trazar la agenda interna de cara a la aplicación de los acuerdos arribados y la selección de la comisión nacional electoral para escoger los candidatos.
En el 2011, el PLD convocó un plebiscito junto con las primarias para elegir al candidato presidencial para que la base expresara si estaría de acuerdo con la extensión del periodo de sus autoridades y el sí ganó con más del 66%.
El punto catorce del acuerdo firmado por la cúpula del PLD, establece que se debe apoderar a las instancias orgánicas correspondientes cuando procediere, para la ejecución y puesta en práctica de algunas de las acciones señaladas, entiéndase Comité Central, congreso elector o plebiscito partidario.
Procedimiento interno PLD
El PLD tendrá la obligación de convocar a una asamblea nacional de delegados para ratificar al candidato presidencial, en caso de que decida no realizar las primarias internas si finalmente Medina opta por la candidatura presidencial y ninguno de los aspirantes le hace competencia.
Igualmente, es el Comité Central el que selecciona los candidatos a la presidencia de la República y designa los integrantes de la comisión electoral para la escogencia de los candidatos y que preside un miembro del Comité Político.
El acuerdo al que arribaron los miembros del Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) lo que ha hecho es sacar del ámbito del Estado los problemas internos de la organización que tiene como reto la aplicación de un acuerdo de 15 puntos que hasta ahora solo se ha enfocado en impulsar la reforma del artículo 124 de la Constitución.
Quedan en una especie de limbo las propuestas del ex presidente Leonel Fernández, presidente del PLD, de que se modifiquen los artículos 270, 271 y 272 de la Constitución a los fines de fortalecer y hacer más calificados los porcentajes requeridos para su reforma a futuro.
La aplicación de esas propuestas sería el resultado más positivo que tendría el país producto de la situación política que ha generado el proceso de modificación constitucional para permitir la repostulación del presidente Danilo Medina, pero hasta ahora no se observan acciones para encaminarlas.
El PLD lleva a todo vapor la modificación del artículo 124 de la Constitución y se espera que aprobada la reforma se reúna el Comité Político para trazar la agenda interna de cara a la aplicación de los acuerdos arribados y la selección de la comisión nacional electoral para escoger los candidatos.
En el 2011, el PLD convocó un plebiscito junto con las primarias para elegir al candidato presidencial para que la base expresara si estaría de acuerdo con la extensión del periodo de sus autoridades y el sí ganó con más del 66%.
El punto catorce del acuerdo firmado por la cúpula del PLD, establece que se debe apoderar a las instancias orgánicas correspondientes cuando procediere, para la ejecución y puesta en práctica de algunas de las acciones señaladas, entiéndase Comité Central, congreso elector o plebiscito partidario.
Procedimiento interno PLD
El PLD tendrá la obligación de convocar a una asamblea nacional de delegados para ratificar al candidato presidencial, en caso de que decida no realizar las primarias internas si finalmente Medina opta por la candidatura presidencial y ninguno de los aspirantes le hace competencia.
Igualmente, es el Comité Central el que selecciona los candidatos a la presidencia de la República y designa los integrantes de la comisión electoral para la escogencia de los candidatos y que preside un miembro del Comité Político.
Aporte de hacer más rígida la Constitución
La propuesta que hizo Leonel Fernández sobre la necesidad de establecer el referendo obligatorio para modificar la Constitución para la reelección, establece de manera clara que se necesitan las dos terceras partes de los votos para aprobar la ley que declara la necesidad de la reforma, es el mayor aporte que tendría el país en términos institucionales debido a que eso impediría que futuros presidentes intenten volver a modificar la Carta Magna.
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