Los senadores aprobaron ayer la Ley de Salarios, en la cual rechazó las observaciones que le hizo el entonces presidente de la República, Leonel Fernández, al proyecto de Ley de regulación salarial del Estado dominicano.
Ahora se espera que esta ley sea promulgada por el presidente Danilo Medina, para aplicarse a todas las instituciones de la administración pública, incluyendo a las del régimen monetario y financiero. Sin embargo, al Banco Central y la Superintendencia de Bancos, se le otorga un plazo de dos años para que se normalicen.
Los reglamentos de la ley serán elaborados por el Ministerio de Administración Pública, dentro de los seis meses a partir de su entrada en vigor, a fin de presentarlos al Poder Ejecutivo. “Las disposiciones de esta ley en lo que respecta al Banco Central de la República Dominicana, entrarán en vigencia de inmediato, con excepción de la escala salarial, la cual será revisada después de cumplido el segundo año de promulgación de la presente ley”, dice uno de los dispositivos.
La observación de Fernández El pasado 15 de agosto, justo un día antes de entregar el poder, el entonces presidente Leonel Fernández observó este proyecto preparado originalmente por el Ministerio de Administración Pública (MAP), con la asesoría de expertos e instituciones internacionales. Luego fue reintroducido por el presidente del Senado, Reinaldo Pared, y el senador José María Sosa.
En una carta dirigida al Congreso Nacional, Fernández cuestionó la inclusión en la ley de entes públicos no previstos inicialmente, señalando que contraviene la Constitución el artículo tres que somete al Poder Judicial, al Legislativo, a los entes y órganos constitucionales con régimen propio y a los organismos autónomos y descentralizados de naturaleza financiera, al marco regulador común de la política salarial establecida en dicha ley.
El proyecto aprobado en la ocasión dejó fuera al Congreso Nacional de una parte del marco de regulación de esta normativa.
El proyecto propone que el Presidente de la República podría ganar un salario de hasta 450 mil pesos mensuales y 400 mil para los demás poderes; o sea, los presidentes del Senado, Cámara de Diputados, Suprema Corte de Justicia y Tribunal Constitucional. Igual salario devengará el Vicepresidente de la República. Los presidentes del Tribunal Superior Electoral y de la Junta Central Electoral (JCE) ganarán 375 mil, mientras el de la Cámara de Cuentas, 350 mil.
Los ministros, el Procurador General, el Consultor Jurídico y el Contralor de la República hasta 300 mil y el Defensor del Pueblo, una figura aún no instalada en el país, 250 mil cada mes.
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