lunes, 21 de febrero de 2011

Abogados piden a Pro Consumidor y Superintendencia de Bancos cumplir la Constitución

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Colegio de Abogados hizo un llamado al Instituto de Protección de los Derechos de los Consumidores (Pro-Consumidor) a coordinar con la Superintendencia de Bancos la implementación de las políticas dirigidas a la protección efectiva de los derechos de los usuarios de los servicios financieros y abandonar el debate público e innecesario por los registros de los contratos de adhesión utilizados en el sector financiero.

Diego José García, presidente del CARD, propone una solución a la preocupación externada por diversos sectores de la vida económica y jurídica de la nación sobre el encausamiento inadecuado de la discusión sobre una temática que involucra a las entidades de intermediación financiera y al Instituto de Protección a los Derechos del Consumidor.

García expresa que no está discusión que a la luz de nuevo texto constitucional de la República Dominicana, los derechos del consumidor forman parte del catalogo de derechos fundamentales para los cuales se han previsto garantías especiales para su protección efectiva.

“En efecto, tanto la Constitución como nuestra legislación adjetiva han creado los instrumentos normativos y los mecanismos institucionales para la protección de estos derechos, tomando en cuenta el carácter especializado del sector financiero y su importancia neurálgica para la estabilidad macroeconómica del país”, señaló José García.

El Presidente del Gremio dijo que los artículos 223 y 227 de nuestra Carta Magna y el artículo 5 literal A de la Ley Monetaria y Financiera 183-02, establecen de manera taxativa la facultad de la Junta Monetaria para regular con carácter exclusivo el sistema monetario y financiero de la nación; así como la facultad de la Superintendencia de Bancos de velar por el fiel cumplimiento de todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, que garanticen el blindaje y la preservación de los derechos de los usuarios de los servicios financieros a partir de la implementación de las mejores prácticas bancarias.De igual modo explicó que si bien es cierto que la Ley General de Protección al Consumidor 358-05 otorga a Pro-Consumidor facultad a registrar todos los contratos de adhesión, incluidos en el sistema financiero nacional, no menos cierto es que ante esta problemática lo que se impone es la aplicación del Principio de Coordinación en la Administración del Estado, establecido con rango constitucional por el artículo 138 de nuestra Carta Magna.

Diego José García, presidente del CARD, recomendó a Pro-Consumidor solicitar a la Superintendencia de Bancos los modelos de contratos de adhesión y registrados y luego de su estudio exhaustivo proceda a discutir y canalizar sus observaciones y enmiendas por ante el organismo especializado en su calidad de supervisor de las entidades de intermediación financiera y depositario de la potestad sancionadora frente a los regulados.

En ese contexto la aplicación del principio de coordinación de potestades haría más eficaz la protección de los derechos de los usuarios, lo contrario sería una necedad, sostuvo García.

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