SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Cámara de Diputados declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas el proyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas, luego del acuerdo arribado en la cumbre entre los líderes del Congreso Nacional, representantes de las principales organizaciones políticas y la mediación de monseñor Agripino Núñez Collado.
Al ponderar la propuesta, el presidente de la Cámara baja, Abel Martínez, destacó el consenso logrado en esos encuentros para posibilitar la aprobación de la Ley.
“Hemos hecho todo el esfuerzo para que el país tenga una ley que regule los partidos políticos. Hay muchos puntos con los que no estoy de acuerdo, pero la democracia es desprenderse de intereses particulares para favorecer a la gran mayoría”, manifestó.
Martínez explicó que para hacer posible la sanción de esta ley, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) cedió en la mayoría de los puntos que objetaba, ya que los partidos Revolucionario Dominicano (PRD), Revolucionario Moderno (PRM) y Reformista Social Cristiano (PRSC) presentaron un pliego de demandas que “en nuestra apreciación no debían estar en esta pieza sino en la de Régimen Electoral, pero ellos pidieron que estuvieran como transitorios, como garantías electorales”.
“Como presidente de la Cámara, como diputado, nosotros hemos hecho todo el esfuerzo. Para nosotros como diputados probablemente, como Congreso, no es de vida o muerte la aprobación de una Ley de Partidos Políticos hoy, pero la sociedad la está esperando”, recalcó.
Martínez relató que el PLD pidió la mediación de monseñor y que éste a su vez convocara a los partidos políticos con bloques reconocidos en el Congreso Nacional, para discutir la propuesta.
Refirió que en las reuniones acordaron que el proyecto de ley fuera sometido y aprobado inmediatamente, incluyendo al PRM que en la sesión anunció que votaría por el proyecto.
“De 10 puntos presentados por el PRM fueron acogidos ocho; uno de los puntos que no se le acogió fue ponerle limitaciones a los partidos políticos para que no pusieran libertad en la publicidad en los medios de comunicación privados, sino que fuera hasta un tope”, aclaró.
La pieza fue aprobada en primera lectura con 114 votos a favor y 28 en contra, y en segunda lectura con 116 a favor y 29 en contra. Será remitida este miércoles al Senado para su ponderación.
La propuesta aprobada contempla limitaciones en torno a las fuentes de ingresos de los partidos; obligaría a cumplir con la cuota a cargo electivo a favor de la mujer e impondría regulaciones en la publicidad.
La iniciativa establece que sólo podrán considerarse fuentes de ingresos de los partidos los actos de cooperación, asistencia o contribuciones económicas realizadas por personas naturales y jurídicas nacionales privadas.
Además que los partidos podrán postular los diputados al Parlamento Centroamericano (Parlacen).
Establece la prohibición de “usar los bienes y los fondos públicos pertenecientes a cualquier de los niveles o instancia del Estado en proyecto propio o de los candidatos por ellos postulados, salvo la contribución señalada en la presente ley”.
Asimismo, la prohibición de establecer acuerdos o pactos que disminuyan, dividan o repartan el período de gestión de los funcionarios electos o los derechos inherentes a estas funciones.
También el impedimento de despojar de candidaturas, que hayan sido válidamente ganadas en procesos convencionales internos o en elecciones primarias a dirigentes o militantes del Partido o agrupación política, para favorecer a otras personas, incluyendo a las del mismo Partido o agrupación política, o de otro Partido o agrupación política, a menos que hayan incurrido en hechos punibles por la ley.
Otro aspecto destacado es que la propuesta establece que serán sancionados con las penas previstas por el Código Penal Dominicano aquellos afiliados que sustrajeren o distrajeren en su provecho o provecho de otros los recursos partidarios, destinándolos para un uso distinto al que estén regularmente asignados por las instancias partidarias.
Para el presidente de la comisión especial aspectos de vital importancia contenidos en el proyecto tales como La prohibición de pintar las calles, aceras, contenes, postes del tendido eléctrico, arboles, así como de cualquier propiedad pública, con los colores, emblemas o símbolos del candidato o el partido o agrupación política que lo sustenta.
También el impedimento de colocar afiches, vallas, cruza calles, calcomanías, adhesivos, distintivos, murales, y cualquier otro medio de publicidad partidaria, que no se coloque acorde con las ordenanzas municipales aprobadas anterior a la fecha de inicio de la precampaña electoral y con lo establecido en la letra e) del Articulo 45 o que no se coloque en los locales de los partidos o agrupaciones políticas;
Toda propaganda política que se fundamente, haga referencia o pueda percibirse de manera negativa, irrespetuosa o contraría a los principios, costumbres y valores culturales de la comunidad local, regional o nacional, en el orden religioso, racial, de preferencia sexual, o de cualquier otra naturaleza que contravenga las buenas costumbres.
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