Santo Domingo, RD.– El presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana, Miguel Surún Hernández, y los juristas Eduardo Jorge Prats y Rubén Puntier afirmaron que el principio sobre primarias abiertas en los partidos políticos no viola la Constitución dominicana ni la actual Ley Electora 275-97.
A través de un documento, Surún Hernández indicó que por el contrario, la Carta Magna instruye a garantizar la democracia interna de los partidos y establece una mayor participación de la ciudadanía en los procesos electorales, así como su derecho fundamental de elegir y ser elegido, como estipula el artículo 208 de la Constitución Dominicana.
Precisó que la sentencia 339-14 del Tribunal Constitucional, sobre un acción de incostitucionalidad cerró las puertas a las primarias cerradas en los partidos, establecido en varios países de América Latina un precedente que establece primarias abiertas y simultaneas, como un precepto que fortalece la democracia nacional y el sistema político-partidista en el país.
El presidente del CARD advirtió, además, que no se le puede dejar a los partidos políticos elegir el sistema con sus padrones internos, ya que son entidades constitucionales regidas por organismos competentes que reciben fondos públicos y así se evitaría que elijan los peores candidatos y se le impongan a la ciudadanía en contra de su voluntad.
La Ley de Partidos con primarias abiertas fue aprobada este miércoles en la cámara alta con senadores de los partidos PLD, el PRD, el PRSC, el BIS y el PRL.
De su lado, el experto en derecho constitucional Eduardo Jorge Prats advirtió que no se debe “satanizar” la celebración de primarias abiertas en los partidos políticos, porque es un mecanismo que no viola la Constitución de la República.
El jurista dijo que debe haber un consenso de las elites partidarias, pero lo que no debe formar parte del “regateo político es la idea de extorsionar al pueblo dominicano diciendo que no se pueden establecer primarias abiertas y simultaneas porque eso viola la Constitución”
“Las primarias abiertas no son inconstitucionales, eso es lo más importante, no se puede decir que ese mecanismo no se puede adoptar porque es inconstitucional”, proclamó.
De su lado, el jurista Rubén Puntier sostuvo que las primarias abiertas garantizan el derecho colectivo de los ciudadanos a postularse a un cargo electivo.
Puntier aclaró que es en el proyecto de ley de partidos políticos y régimen electoral sometido al Congreso Nacional que se está planteando la posibilidad de que esta figura sea regulada, toda vez que las primarias en el país han sido tradicionalmente mecanismos de administración arbitraria.
Concluyó en que es la Junta Central Electoral que debe organizar, supervisar y garantizar la transparencia de los procesos electorales internos de los partidos , como organismo rector, utilizando su padrón general como les faculta los artículos 211 y 212 de la Carta Magna.
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