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El tan comentado proyecto de ley de reforma constitucional nunca asomó ayer en la Cámara de Diputados ni en el Senado.
A pesar de la intensidad del rumor, que llegó a dominar todas las acciones de ayer en el Congreso Nacional, ni en el Senado de la Republica ni en la Cámara de Diputados fue presentado ayer el comentado proyecto de ley que declaraba la necesidad de una reforma a la Carta Magna de la nación.
Mientras que la Cámara de Diputados está convocada para una “ inusual” sesión en la mañana de este viernes, donde los rumores también apuntan a que su motivación está relacionada con este tema
Es que con regularidad la cámara baja sesiona los martes, miércoles y jueves, y solo lo hace días distintos cuando se le presenta un “proyecto especial”.
La actual legislatura culmina el 26 de este mes, pero el Presidente de la República tiene la facultad de convocar otra extraordinaria que se extendía hasta el 14 de agosto próximo.
¿Adónde fue Reinaldo?
Todos los rumores apuntaban a que en la tarde de ayer sería presentado a través del Senado, situación que se acrecentó con la salida repentina del salón de sesiones del presidente de la cámara alta, Reinaldo Pared, de quien se dijo, fue llamado por el presidente Danilo Medina, para “ hacer las coordinaciones”.
Como reacción los senadores seguidores del exmandatario Leonel Fernández convocaron una rueda de prensa urgente, donde adelantaron que acudirían al Tribunal Constitucional si eso se materializaba.
En las afueras de la sede del Congreso aumentó la cantidad de personas que se manifestaban en contra a través de estampas de firmas.
Los rumores se dispararon después que la Cámara de Diputados suspendiera la sesión y convocara a la “inusual sesión” para mañana.
La regla y los plazos
Con la aprobación de la rumorada iniciativa quedaría formalmente convocada la Asamblea Nacional Revisora para reforma la Constitución de la República, que permitiría una nueva repostulacion del presidente Danilo Medina.
Según el reglamento para este primer paso proyecto solo requiere de una aprobación de mayoría simple en la sesión del día.
Conforme a los reglamentos de las cámaras legislativas, el proyecto que convoca a la Asamblea Nacional Revisora podrá ser conocido en 72 horas y estaría amparado su conocimiento y aprobación por la propia Constitución y los Reglamentos del Senado y la Cámara de Diputados.
De acuerdo con los Reglamentos Internos de los Diputados, su artículo 75, primer párrafo señala que “podría obviarse del trámite de estudio en comisión, si así lo acordare el pleno con el voto de la mitad más uno de los miembros presentes, y se discutirá el fondo del asunto en el mismo orden del día”.
La Constitución de la República, su Artículo 270: Convocatoria Asamblea Nacional Revisora. La necesidad de la reforma constitucional se declarará por una ley de convocatoria. Esta ley, que no podrá ser observada por el Poder Ejecutivo, ordenará la reunión de la Asamblea Nacional Revisora, contendrá el objeto de la reforma e indicará el o los artículos de la Constitución sobre los cuales versará.
Artículo 271: Quórum de la Asamblea Nacional Revisora. Para resolver acerca de la reforma propuesta, la Asamblea Nacional Revisora se reunirá dentro de los quince días siguientes a la publicación de la ley que declara la necesidad de la reforma, con la presencia de más de la mitad de los miembros de cada una de las cámaras.
Sus decisiones se tomarán por la mayoría de las dos terceras partes de los votos. No podrá iniciarse la reforma constitucional en caso de vigencia de alguno de los estados de excepción previstos en el artículo 262. Una vez votada y proclamada la reforma por la Asamblea Nacional Revisora, la Constitución será publicada íntegramente con los textos reformados.
La ley de convocatoria de la Asamblea Nacional Revisora en procura de modificar el artículo 124 de la Constitución de 2010, que prohíbe la reelección presidencial consecutiva, sería el primer paso, para restaurar la reelección presidencial, pues la Carta Magna vigente obliga a que se declare por una ley de convocatoria.
En el artículo 267, consagra que la reforma de la Constitución sólo podrá hacerse en la forma que indica ella misma y no podrá jamás ser suspendida ni anulada por ningún poder o autoridad, ni tampoco por aclamaciones populares.
El artículo 269 establece que la Constitución podrá ser reformada si la proposición de reforma se presenta en el Congreso Nacional con el apoyo de la tercera parte de los miembros de una u otra cámara, o si es sometida por el Poder Ejecutivo.
En el Capítulo II de la Asamblea Nacional Revisora, el artículo 270 dispone la necesidad de que la reforma constitucional se declare por una ley de convocatoria.
“Esta ley, que no podrá ser observada por el Poder Ejecutivo, ordenará la reunión de la Asamblea Nacional Revisora, contendrá el objeto de la reforma e indicará el o los artículos de la Constitución sobre los cuales versará”.
Respecto al Quórum establece que para resolver acerca de la reforma propuesta, la Asamblea Nacional Revisora se reunirá dentro de los quince días siguientes a la publicación de la ley que declara la necesidad de la reforma, con la presencia de más de la mitad de los miembros de cada una de las cámaras.
Los leonelistas
Los senadores de la corriente del expresidente Leonel Fernández, advirtieron que los aprestos reeleccionistas de parte de sectores del Gobierno tienen el país en el pórtico que conducen la democracia a un golpe mortal a la democracia dominicana.
En rueda de prensa, Amarilis Santana, hablando en nombre del grupo leyó un documento en el que aseguró que con un congreso militarizado y sitiado no se puede legislar.
“Con un congreso militarizado, con efectivos militares y policías fuertemente armados, con drones colocados como centros de espionajes en las azoteas de las cámaras legislativas; con todos los organismos de espionaje e inteligencia operando desde el centro de operaciones del Poder Legislativo y con el cerco que impide la entrada a todos los ciudadanos, estamos entre la presencia de un estado de sitio, y así no se puede legislar”, aseguró Amarilis Santana.
TEMA DE REFORMA
FALTAN VOTOS
FALTAN VOTOS
Los senadores que siguen las orientaciones de Leonel Fernández entienden que el Gobierno sabe que no cuenta con la dos terceras partes de los legisladores para pasar la reforma.
NO HAY FORMA
Explican que el Gobierno sabe que los senadores y diputados del PRM, los de Leonel, del Frente Amplio y otros ocho de partidos emergentes, constituyen mayoría, y “no hay forma de que dobleguen, se ausenten o se vendan.
“Y nosotros estamos aquí para evitar que se decrete la muerte de nuestra democracia. Ningún legislador que se respete y que quiera a su país, se puede ausentar en estas horas y días”, dice un documento firmado por Félix Bautista, Dionis Sánchez, Prims Pujals, Manuel Guichardo y José Rafael Vargas.
RESISTIRÁN
Afirman que resistirán y han demandado el retiro de las fuerzas militares, policiales, espionaje, inteligencia y de control-político para crear terror.
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