martes, 26 de noviembre de 2013

Negarán la ciudadanía extranjeros con delitos

El Plan de Regularización de Extranjeros da un plazo de 18 meses para que los extranjeros residentes en el país regularicen su estadía o se exponen a ser deportados

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Los extranjeros residentes en el país con problemas delictivos, los que no aparezcan registrados en nóminas de empresas ni hayan realizado estudios en centros educativos dominicanos, no podrán ser beneficiados con el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros para adquirir la nacionalidad.
Las normas están contempladas en los 40 artículos del reglamento relativo al Plan de Regularización dado a conocer por el Ministerio de Interior y Policía, el cual ordena que todos los extranjeros residentes en el país deben regularizar su estadía en un período de 18 meses a partir del primero de diciembre del presente año.
El documento fue aprobado a unanimidad por el Consejo Nacional de Migración, que encabeza el presidente Danilo Medina.
Una vez comience el proceso de regularización se debe presentar nómina de pago de salario recibido expedida por el Ministerio de Trabajo, en la que figure el nombre del extranjero solicitante, el carnet de empleado de la empresa; así como hijos nacidos y declarados en República Dominicana con anterioridad a la puesta en vigencia del libro especial de extranjería.
Depuración
Como normas de depuración se estableció que el extranjero que haya ingresado de manera ilegal al país y ahora tenga interés en regularizar su situación debe presentar un certificado de no antecedentes penales (no fichas delictivas) emitido por la Procuraduría General en la República, constancia de que ha estudiado en un centro dominicano, competencia que domina el idioma español, domicilio conocido durante el tiempo de la permanencia en el país, convivencia pública y notoria con dominicanos, según el artículo 18 del reglamento.
Deportado
Una vez haya culminado el proceso de evaluación, el extranjero que no califique para su regularización migratoria, Interior y Policía procederá conforme a las disposiciones de la Ley de Migración 285-04 a su deportación.
El reglamento en su artículo cuatro ordena que el extranjero que no califique o no se acoja a las previsiones de regularización establecidas quedará sujeto a deportación.
El Plan de Regularización se llevará a cabo en dos fases, la primera comprende desde el primero de diciembre al primero de mayo y tiene como objetivo programar, presupuestar y organizar el plan.
La segunda fase comprenderá desde el primero de junio del 2014 hasta el 31 de mayo del 2015, la cual contempla la acreditación de la documentación migratoria.

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