martes, 4 de marzo de 2014

Extensión contrato Cogentrix: más sombras que luces en espectro energético RD

Como si se tratase de un nuevo engendro en el malhadado negocio eléctrico en República Dominicana, la pretensión de financiamiento y extensión del plazo de operación a la Compañía de Electricidad de San Pedro de Macorís (CESPM), subsidiaria de COGENTRIX, a costa del contrato suscrito en 1998 con la Corporación Dominicana de Electricidad, solo significaría pérdidas para la empresa estatal y por supuesto, para el país.
A saber: Según lo estipulado en el mandato del presidente Danilo Medina al Vicepresidente ejecutivo de la CDEEE, Rubén Jiménez Bichara, las ventajas a la empresa Cogentrix serian tales, que si cualquier unidad de la planta es despachada por debajo del 60 por ciento de eficiencia, correspondería a CDEEE compensar a la empresa extranjera tal y como ocurre en la actualidad, por lo que se extendería el sobrepago, ya que asumiría todo el riesgo del despacho de las unidades cuando debería ser asumido por Cogentrix.
En una de las motivaciones que hace el presidente Medina para la ampliación del plazo a un contrato a todas luces arbitrario y abusivo expresa: “Interenergy Holdings, empresa que controla a través de sus subsidiarias a SESPEM, forma parte de la mencionada empresa Antillean Gas, en proceso de formación, la cual firmará un contrato decompra y venta de gas natural licuado por 20 años con la firma Corpus Christi Liquefaction, perteneciente a la empresa Cheniere Energy --que a su vez es subsidiaria de Cogentrix--bajo condiciones similares a las que dicha empresa ha firmado recientemente con otros compradores de gas natural licuado bajo contratos de largo plazo”.
En otro de los considerandos de motivación, se explica que “los contratos de compra y venta de gas natural licuado a largo plazo, como el que firmaría la empresa Antillean Gas con la empresa Corpus Christi Liquefaction son contratos bajo la modalidad de pago garantizado, implicando que una vez acordado y firmado el contrato, el monto del gas contratado al precio establecido debe ser pagado independientemente de que el comprador decida o no importarlo, venderlo o consumirlo”.
Esta, entre otras minucias, a juicio de expertos en el área consultados por esta reportera, constituye un absurdo más. Explican que “una planta nueva de ciclo combinado a gas natural no cuesta más de 1350 US$/Kw instalado y con gas a precio NYMEX, suponiendo que sea a 8US$/MMBTU,  no tiene razón para vender a más de US$0.1012/kwh, pero la planta de COGENTRIX casi está paga para los valores consignados en el contrato original”.
“Según estimaciones para diferentes precios, el de COGENTRIX es para la inversión consignada en el contrato original , con lo cual el precio de venta sería de US$0.0913/kwh y el de COGENTRIX II estimado con el valor de compra ofertado por JP Morgan a la CDEEE a principios del año 2005 y que no fue aceptado por
respetar el paradigma de que la CDEEE no podía convertirse en una
empresa generadora, valor  muy similar adquirido por los ejecutivos de COGENTRIX, para este caso el precio rondaría los US$ 0.0764/kwh”.
A partir de estas estimaciones, se puede predecir cuánto estaría ganando Cogentrix por encima del retorno esperado como bueno para una inversión de este tipo, “con el precio
propuesto en ambos casos en base a la energía que estarían entregando
al SENI con sus nuevas condiciones de despacho( US$0.117/Kwh) que le
permitirá colocar en el SENI unos 2,234,457Mwh al año, es decir de US$
57.2 a 90.7 millones al año dependiendo del valor que se tome como
referencia, la inversión original o el posible valor de compra a JP
Morgan”.
Es más, abundan que como punto de negociación se podría aceptar ese precio hasta el año 2021, siempre y cuando se varíe la
tabla por compensación por combustible, de manera que se determine por unidad, y no para el conjunto de la central, como se
hace ahora, modalidad con la que COGENTRIX se agencia obtiene pingües beneficios, razón por la que prefiere sólo despachar una planta de las tres existentes.
Es decir, que a partir del 2021 hasta el 2036 -- extensión del plazo que pretende el gobierno--, no cobrarían pago por capacidad y solo un retorno como
ganancia de las operaciones.
“Del año 2021 al 2036, no debería existir obligación de
compra de energía y COGENTRIX, simplemente debería competir en el mercado, “pero, si se va a extender el contrato, el valor de compra no puede ser estipulado a no más de US$0.0748 /Kwh, pues la central ya estaría paga y depreciada de la operación hasta el año 2021 --estimado en COGENTRIX III para un valor de salvamento residual de US$18 millones de la operación con JP Morgan—“, precisan los analistas en el ramo.
Distinto a lo que creen y opinan los expertos, el borrador enviado por el Presidente Medina es claro al afirmar que los contratos de compra y venta de gas natural licuado a largo plazo, como el que firmaría la empresa Antillean Gas –en proceso de formación—con la empresa Corpus Chirsti Liquefaction son contratos bajo la modalidad de pago garantizado, implicando que una vez acordado y firmado el contrato, el monto del gas contratado al precio establecido, debe ser pagado independientemente de que el comprador decida o no importarlo, venderlo o consumirlo.
Los analistas y expertos tienen opiniones diferentes.
De lo que sí están seguros es de que “nos están tomando de tontos con un
supuesto hacer lo que parece obvio, como lo de las plantas a carbón,
pero con un valor inflado en alrededor de US$500 millones”. Por esa
razón, dicen, que el gobierno ha buscado el apoyo contratando a los que pueden hacerles oposición política”.

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