El Tribunal Superior Administrativo declaró no conforme a la Constitución la tramitación del procedimiento de venta de terrenos de los ayuntamientos establecida mediante oficio por el Ministerio de Interior y Policía.
La decisión se produjo en atención a un recurso de amparo de cumplimiento elevado por el Ayuntamiento de Puerto Plata, representado por el alcalde Walter Musa, a través del abogado Ángel Lockward en ocasión de la venta de terrenos municipales, hecha a Generadora San Felipe, que habiendo cumplido los requisitos de la Ley 176-07 y de la Constitución, fue retenido por más de tres años por el Ministerio, a pesar de que había sido remitido con su recomendación favorable por la Liga Municipal Dominicana en tres ocasiones.
La sentencia que ordena que el ministro de Interior, Monchi Fadul, tramitae de manera inmediata al presidente Danilo Medina, el expediente sometido por el Ayuntamiento de Puerto Plata.
Los magistrados Judhy Contreras Smurdoc, Diomede Villaona y Rafael Báez, expresaron que el procedimiento establecido mediante el Oficio No. 015061 del fecha 12 de noviembre de 2012, de Interior y Policía, viola los artículos 128, numeral 3, literal de la Constitución y es contrario al artículo 189 de la Ley 176.07.
Las operaciones de traspaso de bienes municipales patrimoniales, que no están afectados de uso público, se realiza conforme a la ley 176-07 y al artículo 128, literal d de la Constitución, empero el Ministerio de Interior, desde hace dos años, viene interviniendo en la operación sin que exista una disposición normativa en ese sentido, dic eun comunicado.
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