El Tribunal Constitucional llega a su octavo año de funcionamiento, teniendo pendiente fallos que impactarán en los dos procesos electorales que celebrará la República Dominicana en el 2020, la primera el 16 de febrero, del nivel municipal, y la otra, el 17 de mayo para elegir a los representantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo.
La Alta Corte está apoderada de varias acciones de inconstitucionalidad contra disposiciones de la ley 15-19, de Régimen Electoral, y 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, entre ellos los textos que prohíben el transfuguismo en las candidaturas.
Y es que a la espera de una decisión del constitucional se encuentran tres acciones que procuran la nulidad del artículo 134 de la Ley Electoral y del artículo 49.4 de la de ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que impiden a un exaspirante a cargo electivo por un partido ser postulado por otro en el mismo evento electoral.
Esos expedientes fueron dejados en estado de fallo el 30 de noviembre y el 9 de diciembre del 2019. Mientras, está previsto que el Tribunal Constitucional conozca en febrero otras dos impugnaciones a esos mismos textos legales.
Están pendientes de fallo una instancia que objeta del artículo 92 de la ley de régimen electoral sobre los niveles de elección, así como otra que procura la nulidad de dos párrafos del artículo 110 de esa misma legislación, que limitan el ejercicio del derecho al voto a los residentes en el exterior.
Otra acción que aguarda una decisión ataca el párrafo IV del artículo 104 de la ley electoral, sobre la elección de los regidores.
Acciones falladas
Ya el Tribunal Constitucional ha venido decidiendo impugnaciones de textos legales de esas dos nuevas legislaciones, anulando algunas, y validando otras.
El más reciente fallo fue dictado el pasado lunes, 20 de enero, cuando decidió declarar inconstitucional el artículo 131 de la ley 15-19, que prohíbe a las agrupaciones políticas, entidades de carácter local, establecer alianzas o coaliciones con los partidos políticos, de alcance nacional.
Anteriormente, en abril del 2019, declaró inconstitucional la disposición de la ley de partidos que penaliza la difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales durante la precampaña electoral que empañen la imagen de los candidatos.
En julio de ese año anuló el numeral 18 del artículo 284 de la Ley Electoral, que también dispuso penas de 3 a 10 años de prisión para los delitos de difamación contra los candidatos a cargos electivos.
En agosto, también eliminó varios artículos de la ley 33-18, entre ellos la prohibición a partidos ir aliados en su primer proceso electoral; el que limita la propaganda de precampaña a las actividades a lo interno de las organizaciones y el que obligaba a tener un tiempo de militancia o permanencia mínimo en un partido para poder aspirar y ostentar una precandidatura o una candidatura, entre otros.
Actos aniversario
Con motivo de su octavo aniversario, el TC celebra este jueves una audiencia solemne de rendición de cuentas, en la sala augusta de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), a las 11:00 de la mañana.
Además, una misa de acción de gracias en la Catedral Primada de América, que presidirá el obispo de la Diócesis de Baní, monseñor Víctor Masalles, a las 9:00 de la mañana. Luego, a la una de la tarde, jueces y servidores del TC depositarán una ofrenda floral se reunirán en el Altar de la Patria.
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