La Junta de Retiros de las Fuerzas Armadas no ha cumplido con una sentencia que dictó el Tribunal Constitucional hace 5 años, en la cual le ordenó la reintegración de un excapitán de la Armada de la República Dominicana y la entrega de los documentos sobre su puesta en retiro, al acogerle una acción de amparo.
Ante el incumplimiento de la sentencia TC-367/14, emitida por el órgano constitucional el 23 de diciembre del 2014, el excapitán de navío Huáscar Miguel de Peña Lizardo sometió otra acción de amparo en procura de que la entidad cumpla con el mandato del Constitucional.
Pero esta vez, el TC dispuso remitir el reclamo del excapitán a su Unidad de Seguimiento de la Ejecución de las Sentencias (USES), a fin de que otorgue a la Junta de Retiros de las Fuerzas Armadas un plazo de 5 días para que emita su opinión respecto al incumplimiento de la sentencia.
La decisión está sustentada en el artículo 11 de la resolución 0001/2018, emitida por el TC el 5 de marzo del 2018.
En tanto, declaró improcedente la acción de amparo de cumplimiento en cuanto a la petición que hizo el excapitán de la aplicación del artículo 247 de la ley 139-13, orgánica de la Fuerzas Armadas, de que se proceda a aumentar el monto de su pensión a RD$60,000.00), por constituir el 100 % del salario que devengaba al momento de su puesta en retiro forzoso.
El TC consideró que ese reclamo no satisface el requerimiento de la ley 137-11, orgánica del Tribunal Constitucional y de los procedimientos constitucionales.
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