El fecha 9 de marzo del año 2014, en la calle Julio Postigo esquina Camila Henríquez, del sector Bella Vista, el imputado agredió física, psicológica y verbalmente a la víctima, propinándole golpes en los brazos e intentando ahorcarla.
Ese mismo día la amenazó de muerte y le manifestó que le quitaría la vida al mismo tiempo que la apuntaba con un arma de fuego.
La Fiscalía del Distrito Nacional le otorgó la calificación jurídica de violación a los artículos 309-1, 2 y 3 literal a, b y e, del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, sobre Violencia de Género e Intrafamiliar.
Reynoso cuestionó que en este caso la decisión no tiene fundamento en el derecho y lamentó que no es la primera vez que la referida juzgadora de la Unidad de Atención Permanente toma una decisión alejada del derecho, incluyendo en casos de narcotráfico.
Cristo Cristo impuso presentación periódica, asistencia a charlas en el Centro Conductual de Intervención para Hombres y ordenó protección a favor de la víctima, sin embargo la Fiscalía entiende que por la gravedad de los hechos cometidos y para salvaguardar la integridad física de la víctima y su vida misma la medida idónea es prisión preventiva.
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