El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Roberto Rosario Márquez, manifestó este miércoles en la Z101 que el no reconocimiento ayer de varias organizaciones políticas fue porque no cumplieron con la cantidad de afiliados que establece la ley.
Al ser entrevistado en “El Gobierno de la Mañana”, Rosario Márquez explicó que en su artículo 41, la Ley 275-97, establece que para el reconocimiento las organizaciones políticas deben poseer un número de afiliados no menor al 2% del total de los votos emitidos en las últimas elecciones presidenciales, con lo que solo cumplieron Alianza País y los movimientos Acción Política Comunitaria y Juventud Presente.
Rosario Márquez dijo que para el reconocimiento de las organizaciones, el Pleno de la JCE tomó como referencia un informe remitido por el juez Eddy Olivares, coordinador de la Comisión de Juntas Electorales y Partidos Políticos, en el que se constató la cantidad de afiliados que tiene cada agrupación que solicitó el reconocimiento legal.
Según el informe, se pudo constatar que Alianza País tiene un 59.76% de afiliados; Primero la Gente tiene 39.78%; Movimiento Rebelde tiene un 43.33%, y el partido Verde de la Unidad Democrática un 30.19%.
Mientras tanto, el Partido Socialista Cristiano posee un 22.71% de afiliados, el de la Esperanza Nacional cuenta con un 26.61%; el de Salvación Nacional tiene 15.24%, y Patria Para Todos cuenta con 36.15%.
Para llevar el estudio de verificación y comprobación de afiliación, según Rosario Márquez, la Junta tomó una muestra de 1,044 afiliados de las organizaciones que solicitaron su reconocimiento, lo que luego de un trabajo de campo reveló que los partidos no pudieron satisfacer el requisito de contactación de al menos el 50% de la muestra.
El titular del organismo electoral explicó que no es lo mismo ser afiliado de una entidad que simplemente firmar para su reconocimiento.
Organizaciones rechazadas pueden apelar
Roberto Rosario explicó que, sin embargo, las organizaciones políticas que no recibieron reconocimiento pueden optar por pedir una revisión a la Junta Central Electoral.
En caso de que se reitere la decisión, aún pueden acudir al Tribunal Superior Electoral, y en caso de que sientan que sus derechos son violentados pueden apelar ante el Tribunal Constitucional.
No hay comentarios:
Publicar un comentario