Los hijos del general retirado Marco Antonio Jorge Moreno rechazaron la versión ofrecida por el ingeniero Manuel Tomás Tejeda González, hijo Huáscar Tejeda, héroe nacional, al implicar a su padre en la matanza de seis de los ajusticiadores del tirano Rafael Trujillo Molina.
Frank y Marcos Jorge Elías, sus hermanas Raysa, Sarah Lina y Adelina Jorge Elías y el señor Abraham Vargas sostienen que la imputación es injusta y que se apoya en unos interrogatorios al entonces ex mayor de la Policía Nacional Américo Dante Minervino, “reconocido personaje del Servicio de Inteligencia Militar (SIM), con el propósito de involucrar a nuestro padre en el luctuoso episodio del 18 de noviembre de 1961 en el que perdieron la vida, vilmente asesinados, los héroes del 30 de mayo Pedro Livio Cedeño, Modesto Díaz Quezada, Salvador Estrella Sadhalá, Luis Manuel Cáceres Michel (Tunti), Huáscar Tejeda y Roberto Pastoriza, además de tres miembros de la Policía Nacional”.
Destacan en su declaración que “Quienes conocen la historia política dominicana, especialmente muchos de los que sobrevivieron a las traumáticas experiencias de las cárceles de la dictadura, nunca han mencionado el nombre de nuestro padre como actor en, o propulsor de, de las cárceles de La 40, El 9 y La Victoria”.
Agregan que jamás Jorge Moreno, al igual que un grupo de meritorios hombres de armas de esa época, se prestó para participar en los famosos “servicios especiales” que en ocasiones requerían tanto el tirano como el SIM o un reducido grupo de la Aviación Militar, que dirigía Ramfis Trujillo.
Once hechos
Los descendientes de Jorge Moreno recuerdan once hechos vinculados a la actuación de su padre: “1. Que cuando en noviembre de 1961 el general Rafael L. Trujillo Martínez (Ramfis) ordenó, por conducto de su asistente el coronel Gilberto Sánchez Rubirosa, al entonces jefe de la Policía, coronel Marcos A. Jorge Moreno, que dispusiera el traslado al Palacio de Justicia de los seis héroes del 30 de mayo, entonces presos en La Victoria, “ nuestro padre, mediante memorando escrito, de fecha 17 de noviembre de 1961 y dirigido al auxiliar de la jefatura de Estado Mayor, objetó tal solicitud, argumentando que el referido descenso no procedía debido a que ya había culminado el proceso de instrucción del caso y, por tanto, el mismo se encontraba a la espera de que el tribunal de Primera Instancia fijara causa”.
2. El teniente de la Policía José de Jesús Morillo López, hoy mayor general retirado, fue el oficial a quien nuestro padre le dictó el texto del citado memorando y, además, personalmente lo entregó al coronel Sánchez Rubirosa, en la jefatura de Estado Mayor de la Aviación”.
3. Que el 13 de mayo de 1963, cuando era Presidente de la República el profesor Juan Bosch, en el curso de una investigación judicial para establecer las responsabilidades en torno a los hechos en que perdieron la vida los héroes del 30 de mayo, al ser interrogado por una junta investigadora, Américo Dante Minervino declaró que el coronel Marcos Jorge Moreno no tuvo ninguna participación en los hechos de Hacienda María.
4. En el curso de ese segundo interrogatorio, Américo Dante Minervino también afirmó que cuanto fue añadido a sus declaraciones del año anterior, esto es, en junio de 1962, era “la barbaridad más grande... porque yo en ningún momento he declarado esas cosas”.
6. El 24 de abril de 1964, el Juez Instructor del Consejo de Guerra de Segundo Grado del Ejército Nacional “declaró no ha lugar la persecución criminal en su contra y que ningún funcionario competente, ni persona alguna ha interpuesto recurso de apelación en contra del mencionado Coronel Marcos Jorge Moreno”.
7. El 11 de mayo de 1964, el dictamen del Consejo de Guerra fue ratificado en todos sus dispositivos por la Cámara de Calificación, constituida en la sala de deliberación del Consejo Superior de Guerra, integrada por los magistrados Williams Rodríguez Vitiello, Juez del Consejo de Guerra de Segundo Grado de la Marina de Guerra; doctor José Ernesto Cruz Brea, Juez Presidente del Consejo de Guerra de Primer Grado del Ejército; y doctor César Augusto Juliao González, Juez del Consejo Superior de Guerra de las Fuerzas Armadas.
8. El 4 de febrero de 1965, la Primera Cámara Penal condenó en contumacia, a 30 años de trabajos públicos, acusados de ser los autores materiales del crimen de Hacienda María, a Rafael L. Trujillo Martínez (Ramfis), Gilberto (Pirulo) Sánchez Rubirosa y Luis José León Estévez. Como cómplices, fueron condenados a 20 años de trabajos públicos, Alfonso León Estévez, Fernando A. Sánchez (Tunti) y Federico Cabral Noboa.
9. En 1965, Ramfis Trujillo y compartes también fueron condenados a 30 años de prisión por las muertes del general José René Román Fernández, Pablo de la Maza, Miguel Ángel Báez Díaz, el teniente Miguel Ángel Báez Perelló y el teniente García Riverón. Por su parte, Américo Minervino y el segundo teniente Antonio Marte Tejeda fueron condenados por su participación directa en la muerte de los rasos de la Policía Nacional, Félix Calderón, Fabriciano de la Cruz y Pedro María Romero Alcántara, acaecida el 18 de noviembre de 1961. Como se puede comprobar, nuestro padre, Marcos Antonio Jorge Moreno fue excluido del expediente criminal incoado contra quienes participaron en el asesinato de los héroes del 30 de mayo y mártires del 18 de noviembre.”
A Bernardo Vega
Los hijos del general Marco Jorge Moreno, en una comunicación anterior, también rechazaron los criterios del reputado historiador Bernardo Vega, en torno a la matanza criminal de los seis héroes nacionales en hacienda María, expresados en su libro La muerte de Trujillo según sus autores y los papeles de Ramfis Trujillo.
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