Los jueces del Tribunal Constitucional (TC), conocerán hoy viernes un recurso de inconstitucional presentado en contra de la resolución del Congreso Nacional, mediante la cual se aprueba instalar y operar equipos de rayos X en los puertos del país.
El tribunal presidido por Milton Ray Guevara, conocerá ese y otro caso a la 9:00 de la mañana en la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia, ubicado en el Centro de Los Héroes.
En su dictamen, la Procuraduría General de la República, a través del procurador adjunto, Ricardo José Taveras Cepeda, pide declarar no conforme con la Constitución la resolución 188-03, del 15 de diciembre del año 2003, emitida por el Congreso Nacional, el cual otorga un contrato de exclusividad a la empresa ICSSI para instalar dichos equipos.
En la instancia que consta de 14 páginas, el ministerio público pide que también se declare no conforme con la Constitución cualquier disposición norma o acto cuya anulación resulte necesaria por conexidad, especialmente, el contrato suscrito el 18 de julio del 2002, entre el Estado dominicano y la sociedad comercial ICSSI.
El procurador adjunto emitió su dictamen, luego de que el TC le pidiera su opinión sobre un recurso de inconstitucionalidad que interpusiera el Consejo Nacional de la Empresa Privada, las asociaciones de Navieros de la República Dominicana, de Zonas Francas, de Zonas Francas de Santiago, de Industria de la República Dominicana y las Cámaras Americana de Comercio, Americana de Comercio y Producción de Santiago.
También las asociaciones Dominicana de Exportadores, de Empresa de Inversión Extranjera, Organización Nacional de Empresas Comerciales, Asociación de Comerciantes e Industriales de Santiago.
En el recurso de inconstitucionalidad las entidades alegan que de aplicarse dicha resolución le causarían grandes perjuicios en la rentabilidad de sus actividades comerciales, en atención a las cargas y montos exorbitantes que habrían de pagar por concepto de los servicios de verificación de las mercancías que importan y exportan a través de los puertos del país.
Argumentan que la exclusividad conferida a la empresa ICSSI constituye un monopolio que impide a los accionantes en sus indicadas calidades beneficiarse de la competitividad propia de una economía de libre empresa
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