La comisión coordinadora del Congreso Nacional se reúne este martes para dejar iniciadas las discusiones en torno al proyecto de ley mediante el cual se convoca a la Asamblea Nacional Revisora para conocer una propuesta de reforma a la Constitución de la República.
La propuesta, sometida por 13 senadores del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), será incluida en la agenda de la sesión de mañana de la cámara Alta, donde se tiene previsto enviarla a una comisión especial, cumpliendo así el protocolo que se sigue en estos tipos de casos.
Sin embargo muchos entienden que el papel fundamental de esa comisión sería “ganar tiempo” para un acuerdo extra congresual, ya que se sabe que para “pasar” el proyecto, se necesitaría no solo del voto absoluto de los legisladores del PLD, sino también de otras fuerzas políticas.
Según lo establece el artículo 271 de la Constitución para lograr su reforma es necesaria una votación favorable de 148 constituyentes, o sea, de las dos terceras partes de los integrantes de la Asamblea Nacional Revisora, que componen los 190 diputados y los 32 senadores, para un total de 222 miembros.
Los legisladores del PLD son 30 senadores y 97 diputados, que suman 127 votos, por lo que faltarían 21 votos para cumplir con el requerimiento constitucional. La oposición tiene 95 miembros.
El consenso se hace más que necesario debido a que unos 49 diputados y 15 senadores que siguen al expresidente Leonel Fernández firmaron un documento en donde rechazan la reforma, por considerar que sería negativo para el país “que se modifique la Carta Magna solo para permitir la reelección”.
Para elaborar el proyecto de modificación constitucional, el Comité Político del PLD designó una comisión que fue coordinada por Reinaldo Pared Pérez e integrada por Abel Martínez, Cristina Lizardo, Lidio Cadet, Radhamés Camacho, Miriam Cabral y el exvicepresidente de la República, Rafael Alburquerque, quien no asistió las dos veces que acudieron al Congreso Nacional para presentársela a los legisladores.
El proyecto propone que el presidente Danilo Medina no podrá postularse nunca más después de las elecciones del año próximo.
Contiene un artículo transitorio donde establece que “en caso de que Medina encabezara la boleta presidencial en el 2016, no podría aspirar en 2020, ni para ningún otro período presidencial”.
El proyecto de ley
El proyecto de Ley que declara la necesidad de reformar la Constitución de la República en su artículo 124, dice: Artículo 1.- Se declara la necesidad de modificar el artículo 124 de la Constitución del 26 enero de 2010, así como el establecimiento de un artículo transitorio en el texto de la misma, conforme se indica en el siguiente artículo.
El proyecto de Ley que declara la necesidad de reformar la Constitución de la República en su artículo 124, dice: Artículo 1.- Se declara la necesidad de modificar el artículo 124 de la Constitución del 26 enero de 2010, así como el establecimiento de un artículo transitorio en el texto de la misma, conforme se indica en el siguiente artículo.
Artículo 2.- la presente reforma tiene por objeto:
A) Permitir que el Presidente de la República disponga del derecho de poder optar por un segundo y único período constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo.
B) Establecer un artículo transitorio en que se consigne de que en caso eventual de que el Presidente de la República actual, correspondiente al período 2012-2020, no podrá presentarse para el siguiente y a ningún otro.
C) Artículo 3.- Se ordena la reunión de la Asamblea Nacional dentro de los 15 días siguientes a la publicación de la presente ley.
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