miércoles, 20 de julio de 2016

Proconsumidor prohíbe comercializar agua a 13 procesadoras -

Agua embotellada. El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor –Pro Consumidor- impidió temporalmente la comercialización de agua embotellada y de hielo envasado a unas 13 plantas procesadoras.
Así lo informó el organismo tras indicar que está inspeccionando las características de calidad del agua embotellada para uso de los hogares y de botellitas para consumo individual, así como el hielo envasado, a los fines de garantizar la salud de la población en general.
“Como resultado de estas inspecciones, procedimos a impedir la comercialización temporal en unas 13, localizadas tanto en Distrito Nacional como en el interior del país”, sostuvo en un comunicado en el cual no identificó a las plantas afectadas.
Hasta la fecha, el Cuerpo de Inspectores  ha realizado examines a más de 80 plantas envasadoras, para verificar la calidad de sus productos.
Dijo que han hecho análisis en laboratorios acreditados, de acuerdo a los requisitos establecidos en las normas técnicas u otras disposiciones legales, esto con el fin de garantizar la protección a la vida, la salud y la seguridad física del consumidor.
El organismo manifestó que con esta medida busca proteger la salud de quienes consumen este producto y que estén libres de  microorganismos patógenos y contaminantes.
“A tales efectos, se ha procedido a diseñar un plan con el objetivo de inspeccionar la calidad del agua embotellada, así como el impacto del costo de esta en la canasta básica de los dominicanos”, subrayó el organismo en un comunicado.
La Constitución, como garantía del bienestar social y la convivencia pacífica, en su artículo 53 establece que “Toda persona tiene derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, a una información objetiva, veraz y oportuna sobre el contenido y las características de los productos y servicios que use o consuma, bajo las previsiones y normas establecidas por la ley. Las personas que resulten lesionadas o perjudicadas por bienes y servicios de mala calidad, tienen derecho a ser compensadas o indemnizadas conforme a la ley”.
En tal sentido, informó que han realizado visitas a diferentes envasadoras de agua de la ciudad de Santo Domingo y del interior del país, a los fines de realizar las inspecciones y toma de muestras correspondientes, de agua y hielo, así como el levantamiento de las condiciones físicas de las envasadoras de agua y las condiciones del personal que labora en las mismas.
Proconsumidor reiteró a todas las personas físicas, industrias y/o empresas que se dedican al procesamiento, purificación , empaque y comercialización de agua y fábrica de hielo para bebida, uso y consumo humano, que está prohibido la venta al consumidor de productos destinados al consumo humano que no estén  debidamente etiquetados y no cumpla con lo establecido en la NORDOM 53, sobre etiquetado  de productos pre-envasados, y en el caso del agua que no cumplan con la NORDOM 64 sobre Agua procesada potable  envasada para bebida y la NORDOM 477 sobre hielo envasado para consumo humano.
Advirtió que decomisará  y aplicará las sanciones correspondientes a quienes comercialicen esos productos que no cumpla con estos  requerimientos, y no garanticen el derecho de la salud y seguridad  del consumidor.FUENTE EL CARIBE
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