Los abogados de los imputados en el asalto a la sucursal del Banco Popular, ocurrido el 3 de este mes en la capital, aseguraron hoy que las medidas de coerción de tres meses de prisión contra dos de ellos y el otorgamiento de la libertad bajo fianza a favor de un tercero, es una muestra de que el Ministerio Público no tiene un caso solido que amerita una condena de 30 años.
Waldo Paulino dijo que en el hecho no hubo muertos, ni heridos, por lo que, a su entender, se trata de un caso simple, sancionable con penas de 3 a 10 años de prisión.
La jueza Fátima Veloz, del juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, impuso prisión preventiva en contra de dos de los involucrados en el asalto al Banco Popular, mientras que al tercero se le dictaminó una garantía económica.
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La juez Fátima Veloz, del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, dictó treses meses de prisión como medida de coerción contra Jorge Luis Estrella Arias y Eddy Emmanuel Segura Arias, en la cárcel de Najayo, San Cristóbal.
Mientras que en el caso de Alberto Ezequiel Estrella Arias, sindicado como la persona que alquiló el vehículo en el que se cometió el robo, se le impuso una garantía económica de 500 mil pesos, impedimento de salida del país y presentación periódica por ante el Ministerio Público los 18 de cada mes.
El tribunal tomó la decisión al acoger una solicitud de medida de coerción presentada por la Fiscalía del Distrito Nacional, quien entendía que los imputados representaban peligro de fuga.
En la audiencia, los abogados Waldo Paulino y Cándido Simón Polanco, habían pedido al tribunal rechazar la solicitud de prisión preventiva y que, en consecuencia, impusiera el pago de una garantía económica, impedimento de salida y presentación periódica.
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