SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) aplica la Ley 136-06 que prohíbe la adopción entre particulares, practica que realizan muchas personas en el país, porque desconocen y le temen al proceso real de adoptar un niño.
La gerente de Adopciones de CONANI, Librada Marina Vidal, explica que el proceso no es para nada complicado, sino más bien un procedimiento donde hay que cumplir con una serie de requisitos que le garanticen a la institución que la persona es idónea para tener un niño, pensando siempre en lo que más le convenga al infante.
“La realización del tramite es totalmente gratuito, sí la familia tiene que invertir en lo que serian los papeles que avalarían a la institución de que la pareja que decide adoptar son personas con solvencia moral y económica, que nos aseguren no se violentaran los derechos fundamentales del menor, porque estas personas serán sus padres para toda la vida, de forma irrevocable a través de una sentencia, como lo serian la educación, derecho a la recreación, y un ambiente sano”, apuntó.
Marina Vidal comentó, al ser entrevistada en el programa en Primea Fila por la periodista Dilenia Cruz, que sólo las familias de hombre y mujer que estén casados legalmente o en unión libre por mucho tiempo y se les pueda comprobar firmemente comprometidos en lo que es una unión de pareja, pueden adoptar.
Destacó casos particulares donde también las mujeres solteras y los viudos podrían adoptar, gracias al llamado proceso de Extensión en el caso de la mujer, donde el niño en ves de pasar hacer adoptado por un desconocido, se le adjudica a un familiar, proceso previo a una investigación, de porque el padre no se hace cargo del menor, y que la mujer tenga arraigos que demuestren tiene manejo del cuidado en el niño, ya que los padre tiene deberes, como los pequeños derechos.Para el viudo seria siempre y cuando este haya recaído en ese estado durante el proceso de adopción.
Vidal aconseja que siempre se debe investigar cual es la situación de los padres biológicos a la hora de decidir entregar a sus hijos, porque si no es necesario la figura de la adopción, se recomienda la guarda, que no tiene un espectro jurídico tan definitivo como la adopción que rompe el vinculo materno filial de manera irrevocable.
“Con la Guarda puede tenerlo la familia extensa, con la garantía legal, pero nunca como si fueran biológicos, estos seguirían siendo los hijos de Juan o María”.
La experta en derecho de adopción reconoció que hay muchos casos donde, tanto los padres como los niños no se encariñan y hay que suspender el proceso, incluso luego de haber sido realizado y en ese sentido están impartiendo una especie de programa de ayuda psicológica que les de un tiempo a ambos de aceptarse antes de pasar definitivamente al proceso de adopción.
A través de familias que ya no pueden tener a sus hijos, parejas que lo abandonan en las calles y los que son quitados a quienes los maltratan son las tres vías en que llegan los menores a CONANI.
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