martes, 14 de marzo de 2017

Medio Ambiente Suspenden permiso a Seaboard en el Ozama LICENCIA AMBIENTAL FUE RESCINDIDA A LA BARCAZA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA


Control. Las autoriades procuran preservación de los ríos, en cumplimiento con la resolución 13-2016 del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales que prohíbe el desguace de barcos como parte del proyecto de recuperación del río Ozama.                                                                                                    Santo Domingo
El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales informó ayer de la suspensión de la renovación de la licencia ambiental a la empresa Seaboard/Transcontinental Capital Corporation y le ordenó retirar su barcaza ubicada en el margen del río Ozama.
“La compañía debe mudarse a otro lado de menos riesgos y contaminación. El Ministerio ofrecerá todas las facilidades pero no pueden permanecer en los ríos”, indicó el Ministerio de Medio Ambiente mediante una nota de prensa.   
Precisó que la planta deberá ser reubicada en un plazo de seis meses calendarios, posterior a la fecha de vencimiento de su licencia que es el 21 de marzo del 2018.
Medio Ambiente puntualizó que si bien es cierto que la planta funciona con gas natural, no menos cierto es que un 5% de su combustible es diesel, lo que representa un riesgo potencial de contaminación por hidrocarburos durante el trasiego de combustible y aceites lubricantes en las operaciones rutinarias.
Además, la pertinencia de la planta en el lugar representa otro riesgo potencial de contaminación en el orden térmico, producto de la captación del agua del río para enfriamiento a través de intercambiadores de calor, y luego depositada en el río nuevamente.
“La licencia ambiental No. 0003-01-Modificada para la instalación Estrella del Mar/ Mejoramiento Planta Estrella del Mar que consiste en siete generadores Wartsila y capacidad para almacenar 30,000 m3 de Gas Natural, no será renovada”, dice la nota enviada a los medios de comunicación.
Los decretos nos. 296-99, 530-09, 201-14, 260-14, 408-14 y 087-15, declaran de alto interés nacional la preservación de la cuenca alta, media y baja de los ríos Ozama e Isabela, con la intención de regularizar las actividades realizadas en sus riberas; y ordena al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales dar fiel cumplimiento a lo establecido en los mismos.
De igual manera, el artículo tercero de la Resolución no. 13-2016 emitida por este ministerio suspende todas las actividades que representen riesgo potencial de contaminación en el orden físico, químico, orgánico, térmico, radiactivo o de cualquier otro orden en la cuenca alta, media y baja de los ríos Ozama e Isabela.

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