sábado, 5 de julio de 2014

Jardines del Gautier ya tiene agua, luz y calles asfaltadas

jardinesLa urbanización Jardines del Gautier está lista.  El presidente Danilo Medina entregará el próximo lunes, a las cuatro de la tarde, las 53 viviendas levantadas en tiempo récord por ingenieros y obreros del Ejército de la República Dominicana.
Los desalojados, los sintecho de Gazcue, están que cuentan los minutos que faltan para mudarse. ¡Qué felicidad!
Lanzados a la intemperie por una sentencia de la justicia dominicana que favoreció a los legítimos dueños del inmueble que ocupaban desde hacía muchísimos años, el lunes ya tendrán  un techo bajo el cual cobijarse para siempre. Para siempre.
Viviendas levantadas sobre platea antisísmica, con un área de construcción de 69 metros cuadrados cada una, 3 habitaciones, baño, sala-comedor y un pequeño jardin. En la urbanización hay un parque, una cancha deportiva y una estancia infantil.

Gonzalo Castillo dice que en esta gestion no se terminará la Carretera Cibao-Sur Empero dice que hará los estudios para que otro gobierno le de continuidad

UVERO AlTO, La Altagracia. El ministro de Obras Públicas, Gonzalo Castillo anunció hoy aquí que el gobierno no terminará la carretera Cibao- Sur, como se había anunciado.
Empero, dijo que en cambio en la actual administración de Danilo Medina se  construirá la carretera que va de desde Sabaneta hasta Boca de los Arroyos.

Asimismo, informó que también se concluirá la carretera  Mao, Monción y Sabaneta.

Castillo garantizó que el actual gobierno hará los estudios de ingeniería para construir la carretera Cibao-Sur, a fin de que otro gobierno le de continuación.
Declaró que en una reunión con «los monseñores» en el Palacio Nacional se informó que solo se construirán las carreteras de Sabaneta a Boca de Los arroyos y de Mao a Monción. 
El funcionario emitió sus juicios durante el recorrido que hizo por para mostrar la construcción de la carretera que va desde Uvero Alto hasta Punta Cana, que tendrá dos carriles.

La carretera Cibao-Sur es un proyecto anunciado por varios gobiernos, pero no se ha podido cristalizar y unirá las dos regiones atravesando la Cordillera Central.

El proyecto es objetado por grupos ecologistas que dicen que se afectará varios parques nacionales y además critican que saldría a un costo muy alto.

La Academia de Ciencias de la República Dominicana considera que no es conveniente ni aconsejable construir la carretera Cibao- Sur, que atraviesaría la Cordillera Central.

Industriales rechazan cambiar método entrega recursos a los que no califican para pensiones VÍCTOR CASTRO, PRESIDENTE DE AIH, PROPUSO LA MODIFICACIÓN LA LEY 87-01 DE SEGURIDAD SOCIAL, PARA CORREGIR VARIOS ASPECTOS

Santo Domingo
El presidente de la Asociación de Industrias de Herrera y provincia de Santo Domingo (AIH), Víctor Castro, rechazó cambiar el método de entrega de recursos a los afiliados de la Seguridad Social que no califican para pensiones y propuso la modificación  la ley 87-01 de Seguridad Social, para corregir varios aspectos que le han impedido resolver los problemas en  el país
Castro consideró que ha llegado el momento de hacer que el Sistema de Seguridad Social sea un instrumento a favor de las grandes mayorías nacionales y no de un grupo que a lo largo de estos casi 13 años que lleva en ejecución se han beneficiado del mismo.
El presidente de la AIH sostuvo que aunque el Sistema de Seguridad Social que tenemos hoy día es mejor que el anterior, no ha podido resolver los problemas de la población, porque la mayoría de los dominicanos no están siendo protegidos por el mismo. 
 Al ser entrevistado por Balbueno Medina, en el programa Agenda Semanal, que se transmite los sábados a las 12:00 del mediodía por Santo Domingo TV, canales 69 de UHF y 24 de los sistemas nacional de cable, el empresario Víctor Castro se mostró partidario de que el número de cotizaciones para los afiliados poder acceder a sus pensiones en el Sistema Dominicano de Seguridad Social, sea reducido porque a la mayoría de los trabajadores se les haría imposible conseguir 360 cotizaciones mínimas para al término de su capacidad productiva conseguir una pensión que le permita vivir y costearse los medicamentos de cualquier enfermedad.
El presidente de la Organización Empresarial de Herrera y provincia de Santo Domingo, dijo que se hace necesario dar un salto en materia de Seguridad Social que le garantice a la mayoría de los dominicanos el abastecimiento de medicamentos y la provisión de un sistema de salud y de pensiones mucho mejores que los que tenemos en la actualidad.

RD encabeza países con brote de Chikungunya

Pacientes. SANTO DOMINGO.- La República Dominicana encabeza los países de Latinoamérica y el Caribe con brote del chikunguña, con 165,433 casos sospechosos, 18 confirmados y tres muertos; seguido de Haití, con 51,830 infectados y 4 comprobados; y Guadalupe, con 40,400 enfermos, 1,328 corroborados y tres muertos, según un cable de la agencia EFE.
Señala que el brote de la fiebre del chikunguña en Latinoamérica y el Caribe ya deja 21 muertos, 4,756 infectados y 302,243 casos sospechosos, desde que en diciembre de 2013 fue detectada la presencia autóctona del virus en la región, según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Los 21 fallecimientos por este virus, que provoca fiebre alta, dolor en las articulaciones, erupción en la piel, dolor de cabeza y muscular, se han presentado únicamente en el Caribe.
Martinica encabeza la lista con 12 fallecimientos, tras presentar 35,000 casos sospechosos de infección (1.515 comprobados), mientras que en República Dominicana, Guadalupe y San Martín (parte francesa, con 3,430 sospechas y 793 comprobaciones) se ha notificado la muerte de tres personas.
“La letalidad del virus es extremadamente baja, es mínima. Las personas que fallecen es porque tenían enfermedades previas, eran pacientes de avanzada edad con enfermedades que los debilitaban”, dijo a Efe la asesora en Manejo Clínico de Enfermedades Infecciosas de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), Pilar Ramón Pardo.
El virus solo puede adquirirse una vez y no tiene cura, aunque según Pardo en laboratorios científicos de Estados Unidos y Europa se adelantan investigaciones para crear una vacuna.
“Tampoco hay ningún tipo de tratamiento antiviral específico, es sintomático, es decir, analgésicos para los dolores articulares, antitérmicos para la fiebre, reposo y una buena hidratación”, explicó.
La explosión del chikunguña de forma autóctona, es decir, directamente por la picadura del mosquito Aedes Aegypti o Aedes Albopictus, los mismos que transmiten el dengue, fue detectada por primera vez en territorio americano en diciembre de 2013 en la isla caribeña de San Martín (parte francesa).
Anteriormente se habían registrado contagios de viajeros procedentes de países donde ya había noticias de brotes epidémicos, casos que se conocen como importados, en una enfermedad cuyos primeras informaciones datan de 1952 en Tanzania (África).
El Salvador fue el primer país de Centroamérica en el que se produjo un brote autóctono y actualmente registra al menos 1.512 casos de esta enfermedad, ocho de ellos confirmados.
En Costa Rica hoy se confirmó el primer caso de chikunguña en una turista francesa que antes de arribar al país estuvo en territorio dominicano, aunque está por saberse si es un caso autóctono o importado. Igualmente, una mujer costarricense enfermó en República Dominicana hace algunas semanas.
En Panamá, según la OMS, se reportaron dos casos, todos importados, y se mantiene una alerta sanitaria.
En Cuba, cuyas cifras no fueron incluidas en el último informe del 3 de julio de la OMS, el Ministerio de Salud Pública informó que el número de casos diagnosticados ha aumentado de seis a once, desde que el 18 de junio pasado fue confirmada su presencia en la isla.
Por su parte, en Suramérica, Brasil ha registrado hasta ahora 11 personas con la fiebre, en casos importados, aunque la prevista llegada de 600.000 extranjeros al país para el Mundial de fútbol obligó al Ministerio de Salud a emitir una alerta a comienzos de este año.
En Venezuela, el Ministerio de Salud cifra en 17 el número de casos de la enfermedad, al menos 11 llegaron procedentes de República Dominicana y uno de Haití, y hay datos de transmisión autóctona.
En tanto, en Chile se han presentado hasta ahora dos casos, ambos de origen exótico. En el país austral está descartado algún brote autóctono, debido a que no existe ninguna de las dos especies de mosquito que transmiten la enfermedad.
En Perú se reportaron en junio pasado dos infectados. Según datos del Ministerio de Salud, no fue necesario hospitalizar a los pacientes, una pareja de esposos de 40 y 31 años que viajaron a territorio dominicano.
Además, esta semana se dio en Paraguay el primer caso de una persona infectada. Como el virus es transmitido por el mismo mosquito que el dengue, que causó una epidemia entre 2012 y finales de 2013 en ese país, el Gobierno está incentivando a la población a eliminar los criaderos que se forman en aguas estancadas en casas y calles.
En México las autoridades han identificado un caso de contagio en un paciente que viajó a un evento deportivo a Antigua y Barbuda, el cual fue atendido y se encuentra fuera de peligro.
En Nicaragua, Honduras, Guatemala, Ecuador, Argentina y Colombia no se han reportado casos, aunque las autoridades mantienen la alerta.
La OPS alertó acerca de la “fase aguda” que viven las naciones centroamericanas y del Caribe que han reportado casos sospechosos de infectados y sobre la “fase crónica”, que a largo plazo puede dejar secuelas en los pacientes.
“Algunos estudios hablan de un hasta 20 % de las personas (con secuelas crónicas), algunas con dolores articulares más leves y otros con síntomas inflamatorios más serios que de alguna forma afectan la calidad de vida”, explicó Pardo a Efe.
De acuerdo a la especialista, no se sabe “con exactitud qué es lo que determina que una persona tenga las manifestaciones crónicas”, aunque existen factores de riesgo “como la edad avanzada, la presencia de enfermedades articulares anteriores (artritis, artrosis) y cardiovasculares como antecedente clínico”.
Según la OPS, la respuesta de los países ante el brote del chikunguña sido coordinada y siguiendo los estándares internacionales, pero llamó la atención sobre la eliminación de criaderos de los mosquitos para evitar su proliferación cuando se presente algún cambio meteorológico, que tienen “impacto en la diseminación de enfermedades”.

Abinader asegura PLD se burla del país en casos Loma Miranda y Ley de Partidos -

Luis Abinader durante el acto en Pedernales.Pedernales.- En dos grandes temas de alto interés para la nación, como son el caso de Loma de Miranda y la ley de partidos políticos, el Partido de la Liberación Dominicana se burla de la opinión pública y del país, afirmó este sábado el aspirante presidencial opositor, Luis Abinader.
Dijo que el partido gobernante, que tiene absoluto control del Congreso Nacional, ha declarado reiteradamente la disposición de respaldar esas dos iniciativas pero cada vez que tiene la oportunidad de responder a ese compromiso siempre recurre a un pretexto inconsistente e injustificable.
Indicó que en el caso de Loma de Miranda el PLD le creó la ilusión al país de que ejercería su mayoría en el Congreso para aprobar la ley de parque nacional, correspondiendo a un clamor generalizado de la sociedad dominicana.
Sin embargo, apuntó el aspirante presidencial del PRD Mayoritario, “el partido gobernante acaba de desperdiciar una excelente oportunidad de ponerse de acuerdo, como lo ha hecho siempre que le ha convenido, para asumir una responsabilidad frente al país que le compete como partido oficial y como gobierno”.
En cuanto a la Ley de Partidos, Abinader afirmó que esa legislación es indispensable para fortalecer el ejercicio democrático en el país, pero dijo que  el liderazgo del PLD no ha hecho ningún esfuerzo para que ese estatuto se convierta en una realidad que permita superar las graves distorsiones que afectan el funcionamiento de las organizaciones políticas  y el secuestro de la democracia.
Cuestionó la posición del PLD durante su participación en el acto de instalación de la Corriente Mayoritaria del PRD en Pedernales, donde fueron juramentados destacados dirigentes de esa provincia, incluyendo los exdiputados Eurípides Adán Terrero, Manuel Sánchez (Bebeto),  Israel Terrero, el exsenador Ángel Dignócrates Pérez (Santico) y las ex gobernadoras Victoria Virgen de Vidal y Socorro Pérez.
El equipo del sector mayoritario del PRD incluye también a los reconocidos directivos  Fidel Terrero, Miguel Sepúlveda, Heráclito Herasme Adames, Jorge Encarnación, Fernando Sánchez, Jesús Ramírez, Pedro Díaz y  Marsella Féliz.
El aspirante presidencial opositor  estuvo acompañado de los altos dirigentes del PRD Mayoritario como Geanilda Vásquez, y Roberto Fulcar, coordinador ejecutivo nacional del proyecto Luis Abinader 2016.

Gobierno presenta Reglamento de la Ley 169-14 a la consideración de ciudadanos -

Bandera de la República Dominicnana.Por instrucciones del Presidente de la República, Danilo Medina, la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo somete desde hoy a la consideración de los ciudadanos y ciudadanas la propuesta de Reglamento de la Ley 169-14.
 
La Ley 169-14 establece un régimen especial para personas nacidas en el territorio nacional inscritas irregularmente en el registro civil dominicano y sobre naturalización.
 
En cumplimiento con lo establecido en Ley Nº. 169-14 la elaboración de esta propuesta de reglamento se ha hecho dentro del plazo de sesenta días estipulado en la misma. 
 
Quienes deseen formular comentarios, observaciones, sugerencias o recomendaciones, deberán hacerlo por escrito vía correo electrónico a iconsultoriajuridica@consultoria.gov.do  o directamente al Despacho del Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo en el Palacio Nacional en un plazo de 10 días laborables, es decir, hasta el viernes 18 de julio a las seis (6) de la tarde.
 
El espíritu que ha animado en todo momento la redacción de este reglamento ha sido la implementación de las soluciones que se obtuvieron como fruto del consenso social dominicano. 
 
Es decir, garantizar la aplicación estricta, objetiva y eficaz de la ley, para que los beneficiarios puedan acogerse a ella, pero también los controles necesarios para evitar que quienes no cumplen con las condiciones estipuladas por ella, puedan abusar de la misma o reciban un beneficio que no les corresponde.
 
El reglamento deja claramente establecido el compromiso del gobierno de Danilo Medina de proveer recursos, humanos como materiales, y todos los procesos para que puedan llevarse a cabo con las debidas garantías. 
 
De la misma forma, quedan definidas las acciones y responsabilidades que el Gobierno y las diferentes instituciones deben poner en marcha, de manera inmediata, para la implementación de la ley. 
 
Se especifican así aspectos claves para la operatividad, como la distribución de las responsabilidades, las oficinas y personal que deberán ponerse a disposición de los interesados, la gratuidad del proceso y la documentación específica que será exigida en cada procedimiento.
 
Reflejando la naturaleza equilibrada de dicha Ley, este reglamento hará posible que todas las personas que lo ameriten se beneficien de ella, al tiempo que garantiza el rigor y el orden en la aplicación de los procesos.
 
Confiamos en que con la aplicación de este reglamento, la Ley Nº. 169-14 se hará plenamente efectiva en el país, fortaleciendo tanto nuestra institucionalidad y el imperio de la ley como los derechos de todas las personas que habitan en nuestro territorio.
 
A continuación la nota de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y la propuesta de Reglamento de la Ley 169-14: 

Por instrucciones del honorable Señor Presidente Constitucional de la República, Danilo Medina Sánchez, la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo somete a la consideración de la ciudadanía la propuesta de Reglamento de la Ley Nº. 169-14 que establece un régimen especial para personas nacidas en el territorio nacional inscritas irregularmente en el registro civil dominicano y sobre naturalización.
 
La presente publicación se hace de urgencia debido al plazo perentorio de sesenta (60) días otorgado por la Ley Nº. 169-14 y según el procedimiento abreviado contemplado en los artículos 57 a 59 del Reglamento de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública No. 130-05 de fecha 25 de febrero del año 2005.
 
En este sentido, se establece un plazo de diez (10) días hábiles a todas las personas o instituciones que deseen formular comentarios, observaciones, sugerencias o recomendaciones al texto propuesto. Todo interesado deberá remitir sus comunicaciones por escrito vía correo electrónicoiconsultoriajuridica@consultoria.gov.do  o directamente al Despacho del Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo en el Palacio Nacional, a los fines de su ponderación previo a la adopción definitiva del Decreto reglamentario.
 
Los comentarios, las observaciones, las sugerencias o las recomendaciones serán recibidas hasta el día 18 de los corrientes, hasta las seis (6) horas pasado meridiano.
 
A continuación el texto:
 
CONSIDERANDO: Que la Ley Nº.169-14 del 23 de mayo de 2014, la cual establece un régimen especial para personas nacidas en el territorio nacional inscritas irregularmente en el registro civil dominicano y sobre naturalización, dispone en su artículo 12 que el Poder Ejecutivo dictará el reglamento de aplicación de lo dispuesto en los Capítulos II y III de dicha ley en un plazo no mayor de sesenta (60) días a partir de la fecha de su promulgación;

CONSIDERANDO: Que el Capítulo II de la referida Ley establece las condiciones para el registro en el libro de extranjeros contemplado en la Ley General de Migración Ley Nº.285-04 de los hijos de extranjeros nacidos en la República Dominicana, así como lo relativo a su regularización migratoria a través del Plan Nacional de Regularización de extranjeros en condición migratoria irregular de la República Dominicana;
 
CONSIDERANDO: Que por su parte el Capítulo III de la Ley Nº.169-14, dispone que los hijos de extranjeros nacidos en la República Dominicana, regularizados de conformidad a lo dispuesto en el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros en situación migratoria irregular, podrán optar por la naturalización ordinaria establecida en la ley que rige la materia una vez hayan transcurrido dos (2) años de la obtención de una de las categorías migratorias establecidas en la Ley General de Migración Ley Nº.285-04, siempre que acrediten mediante certificación la inexistencia de antecedentes penales;
 
CONSIDERANDO: Que en virtud de lo expuesto en los Considerandos anteriores, el Poder Ejecutivo debe reglamentar la aplicación de las disposiciones contenidas en los referidos Capítulos II y III de la misma, estableciendo la estructura administrativa y los procedimientos que hagan efectiva dicha aplicación;
 
CONSIDERANDO: Que es de interés nacional que la Ley Nº.169-14 sea implementada de manera estricta, objetiva y eficaz para que los beneficiarios puedan acogerse a ella, pero a la vez con los controles necesarios para evitar que quienes no cumplen con las condiciones estipuladas por ella no abusen de la misma ni reciban un beneficio que no les pertenece;
 
CONSIDERANDO: Que el Gobierno dominicano, avalado por el amplio consenso político y social que ha generado la Ley Nº.169-14, tiene la voluntad de actuar con diligencia, pero a la vez con estricto apego al ordenamiento constitucional y legal del país, en la implementación de todo cuanto la ley pone bajo su responsabilidad;
 
CONSIDERANDO: Que el Estado Dominicano, en virtud de la Ley Nº.169-14 y este reglamento cuenta con los instrumentos normativas necesarios para dar una solución legal a la situación de las personas nacidas en territorio nacional de padres extranjeros en situación irregular y que no fueron inscritas en el Registro Civil.
 
VISTA: la Constitución de la República Dominicana proclamada el 26 de enero del año 2010, publicada en la Gaceta Oficial No. 10561;
 
VISTA: la Ley Nº. 169-14, del 23 de mayo de 2014, que establece un régimen especial para personas nacidas en el territorio nacional inscritas irregularmente en el registro civil dominicano y sobre naturalización, publicada en la Gaceta Oficial No. 10756;
 
VISTA: la Ley Nº. 107-13, del 8 de agosto de 2013, sobre los derechos de las personas en sus relaciones con la administración y de procedimiento administrativo publicada en la Gaceta Oficial No. 10722;
 
VISTA: La Ley Nº. 285-04 General de Migración, del 15 de agosto del 2004, publicada en la Gaceta Oficial No. 10292;
 
VISTA: la Ley Nº. 200-04, General de Libre Acceso a la Información Pública, del 28 de julio del año 2004, publicada en la Gaceta Oficial No 10290 ;
 
VISTO: el Decreto 327-13, del 27 de noviembre de 2013, mediante el cual se instituye el Plan Nacional de Regularización de extranjeros en condición migratoria irregular de la República Dominicana, publicado en la Gaceta Oficial No. 10737;
 
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
 
D E C R E T O:
 
Reglamento de aplicación de la Ley Nº. 169-14.
 
CAPITULO I
 
OBJETO Y PRINCIPIOS DE APLICACIÓN
 
Artículo 1.- Objeto. Este reglamento tiene por objeto la ejecución de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Nº. 169-14, a fin de viabilizar lo relativo al registro y regularización migratoria de los hijos de padres extranjeros en situación migratoria irregular que habiendo nacido en territorio de la República Dominicana no figuran inscritos en los libros del Registro Civil dominicano.
 
Artículo 2.- Principios de aplicación. Las autoridades responsables de la aplicación de este Reglamento actuarán en base a los principios de legalidad, objetividad, motivación, eficacia, celeridad, racionalidad, relevancia, asesoramiento y facilitación, a fin de hacer efectiva y expedita la aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley Nº. 169-14 y este Reglamento.
 
Artículo 3.- Plazo para acogerse.- Las personas sujetas al ámbito de aplicación de este reglamento para acogerse a los beneficios de lo dispuesto en los Capítulos II y III de la Ley Nº. 169-14, deberán radicar su solicitud dentro de los noventa (90) días de la entrada en vigencia del presente reglamento.  La declaración de interés conlleva automáticamente la solicitud de regularización migratoria en caso de que la misma sea acogida por el Ministerio de Interior y Policía.
 
Artículo 4.- Gratuidad.  En conformidad con lo dispuesto en el artículo 13, de la Ley Nº. 169-14,  todas las gestiones y procedimientos relativos a la inscripción, regularización migratoria y naturalización están exentos de todo tipo de tasa o carga tributaria alguna a cargo de los solicitantes.
 
CAPITULO II
AUTORIDADES DE APLICACIÓN DE LA LEY
 
Artículo 5.- Órgano responsable. El órgano responsable de la implementación del presente Reglamento lo será el Ministerio de Interior y Policía.
 
 Artículo 6.- Unidad de aplicación. Se crea, con carácter transitorio, bajo la dependencia directa del Ministro de Interior y Policía, la “Unidad Ejecutora de la Ley Nº. 169-14” (en lo adelante, la Unidad), la que estará bajo la responsabilidad de un Director Ejecutivo que dicho Ministro designará.
 
Párrafo.-  A fin de implementar el régimen establecido en los Capítulos II y III de la Ley Nº. 169-14, el Ministerio de Interior y Policía podrá habilitar oficinas en el territorio nacional.
 
Artículo 7.- Funciones de la Unidad.  La Unidad tendrá a su cargo las siguientes funciones:
 
a. Recibir las solicitudes de los posibles beneficiarios de lo dispuesto en los Capítulos II y III de la Ley Nº. 169-14;
b. Orientar y auxiliar a los interesados en la elaboración de solicitudes de inscripción;
c. Realizar los trámites necesarios para entregar la información solicitada;
e. Efectuar las notificaciones a los solicitantes;
d. Proponer al Ministro de Interior y Policía los procedimientos internos que pudieran asegurar una mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes;
g. Llevar un archivo de las solicitudes de registro;
h. Diseñar los formularios y demás documentos que resulten necesarios para el cumplimiento de sus funciones, en especial, modelos estandarizados de recurso de reconsideración y jerárquicos para los casos de rechazo de solicitud;
i. Conocer de los recursos de reconsideración que se interpongan contra las decisiones que rechacen las solicitudes de inscripción;
j. Remitir, al Ministro de Interior y Policía, el expediente administrativo que sea objeto de un recurso jerárquico; y
k. Realizar las demás tareas necesarias que aseguren una mayor eficiencia en su misión y la mejor comunicación con los particulares; y
l. Tramitar como núcleo familiar aquellas solicitudes que comprendan más de una persona interesada en el seno de una misma familia.
m. Elaborar al final de su gestión estadísticas y balances de gestión de su área.
 
CAPITULO III
PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD
 
Artículo 8.- Solicitud. Las personas sujetas al ámbito de aplicación de la Ley Nº. 169-14, que se encuentren interesadas en el beneficio que concede la misma,  deberán acudir personalmente por ante las oficinas que a tales fines habilite el Ministerio de Interior y Policía a los fines de radicar su solicitud.
Párrafo.-  Si el interesado es menor de edad, la solicitud deberá ser formulada por uno de sus padres y a falta de éstos por quien tenga la custodia legal.
 
Artículo 9.- Registro biométrico. Al momento de radicar una solicitud se aportarán los datos biométricos al Ministerio de Interior y Policía.
 
Artículo 10.- Prueba del nacimiento. Las personas sujetas al ámbito de aplicación de los Capítulos II y III de la Ley Nº. 169-14, deberán aportar las pruebas que permitan establecer fehacientemente el hecho de su nacimiento en el territorio nacional de la República Dominicana.
 
Artículo 11.- Medios de prueba. El nacimiento en el territorio nacional de la persona comprendida en el ámbito de aplicación de la presente ley se podrá acreditar por los siguientes medios de prueba:
a)  Constancia de nacimiento o alumbramiento del futuro inscrito expedida por el médico, clínica, hospital público o privado, partera o alcalde pedáneo;
b)   Acto de notoriedad;
c)  Declaración jurada ante notario de sacerdote, pastor, maestro, médico, o alcalde de la localidad donde haya ocurrido el nacimiento en la que se declare conocer a la persona interesada de manera individual y exprese las condiciones y situaciones en las que supo del nacimiento de esta;
d)  Certificación de estudios en centros de educación inicial o básica en la República Dominicana y declaración del director o directora del centro de estudios donde dé fe de conocer al interesado; o
e)   Testimonio de familiares dominicanos en primer o segundo grado que posean documentación nacional dominicana.
 
Artículo 12.- Apreciación de las pruebas.  La unidad apreciará las pruebas y podrá requerir a los solicitantes información adicional sobre el hecho del nacimiento, así como su comparecencia personal en caso de ser necesario.
 
Artículo 13.- Decisión. Una vez completa la instrucción del procedimiento administrativo, la Unidad Ejecutora de la Ley Nº. 169-14, dispondrá de un plazo de treinta (30) días para decidir sobre la solicitud, ya sea aceptando o rechazando la misma.
 
Artículo 14.- Remisión al Registro Civil. Si la solicitud fuere acogida el Ministerio de Interior y Policía remitirá a la Junta Central Electoral, dentro de un plazo no mayor de treinta (30) días computados a partir de la decisión aprobatoria, el nombre y los datos biométricos del interesado a los fines de que la persona sea inscrita en el libro para extranjeros previsto en la Ley General de Migración 285-04.

Artículo 15.-  Obligación de motivación. En caso de que la solicitud sea rechazada por no haberse establecido el hecho del nacimiento en el territorio de la República Dominicana, la resolución administrativa en que conste tal rechazo deberá ser motivada e indicará los recursos administrativos con los que cuenta para la revisión de su caso y el plazo disponible a tales fines.
 
CAPITULO IV
 
REGULARIZACIÓN MIGRATORIA
 
Artículo 16.- Incorporación al Plan de Regularización. Una vez el Ministerio de Interior y Policía tenga constancia de la inscripción en el libro para extranjeros, procederá a adjudicar, sin necesidad de nuevo trámite administrativo alguno, una de las categorías migratorias establecidas en la ley que rige la materia, tal y como lo contempla el artículo 8 de la Ley Nº. 169-14.
 
CAPITULO V
 
RECURSOS ADMINISTRATIVOS
 
Artículo 17. Recursos administrativos. Las personas afectadas por el rechazo de una solicitud de inscripción tendrán derecho a interponer los recursos administrativos de reconsideración y jerárquico.
 
Artículo 18. Recurso de Reconsideración. El Recurso de Reconsideración deberá interponerse por escrito, por ante la misma autoridad administrativa que haya adoptado la decisión, en un plazo de quince (15) días francos contados a partir de la fecha de recepción de la notificación de dicha decisión. Este recurso podrá ser interpuesto directamente por el afectado o su representante legal. Transcurridos treinta (30) días sin que la autoridad responsable de conocer del recurso de reconsideración se haya pronunciado sobre el mismo, se considerará confirmada la decisión recurrida.
 
Artículo 19. El Recurso Jerárquico. El Recurso Jerárquico deberá ejercerse ante el Ministro de Interior y Policía, dentro de los quince (15) días francos contados a partir de la fecha de notificación de la resolución que resuelva el Recurso de Reconsideración o de la fecha en que se considere confirmada la decisión recurrida. El ministro de Interior  y Policía decidirá sobre el recurso en un plazo que no excederá de treinta (30) días.
 
CAPITULO VI
PROCEDIMIENTO NATURALIZACIÓN
 
Artículo 20.- Naturalización. Transcurridos dos (2) años de la obtención de una de las categorías migratorias establecidas en la ley que rige la materia,, las personas beneficiarias de lo dispuesto en el Capítulo II de la Ley Nº. 169-14, o su representante legal, podrán solicitar al Poder Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Interior y Policía, la nacionalidad dominicana por naturalización, anexando a la solicitud los documentos exigidos por el Artículo 6, de la Ley Nº. 1683 sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, modificada por la Ley Nº. 4063.
 
CAPITULO VII
DISPOSICIÓN FINAL
 
Artículo 21. Colaboración interinstitucional. El Ministro de Educación, el Ministro de Salud Pública y Asistencia Social y la Presidente del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia (CONANI), brindarán toda la colaboración necesaria a los beneficiarios de la Ley Nº. 169-14, así como al Ministerio de Interior y Policía, en todo aquello que se refiera a constancia documental que pueda existir en sus archivos y que resulten de utilidad a los fines de acreditación del nacimiento y el arraigo en la sociedad dominicana.

PN apresa a tres hombres con igual cantidad de armas de fuego sin documentos -

A los detenidos se les ocupó tres tarjetas de dos entidades bancarias a nombres de otras tantas personas, entre otros documentos.La Policía informó este sábado que apresó a tres hombres en distintos lugares de Villa Mella y el Distrito Nacional, al ser sorprendidos portando igual cantidad de armas de fuego sin ningún documento.
Dijo que los apresados son Juan Carlos de la Cruz Hidalgo (El Menor), de 24 años; Jaime Gómez Peralta, de 36 años; y Melvin Ariel Hernández Paredes, quienes son investigados en el Departamento de Tráfico de Armas de la Policía.
De la Cruz Hidalgo fue apresado en la avenida 27 de Febrero a esquina Máximo Gómez cuando portaba una pistola Browning calibre nueve milímetros, serie 245NR02801, con un cargador y cinco cápsulas.
La Policía explicó en un parte de prensa que al ser analizada la pistola, se determinó que esta había sido asignada al mayor José M. Bueno Disla de la Policía Nacional, quien la perdió al ser asaltado por desconocidos hace algún tiempo.
El detenido dijo que obtuvo la pistola de manos de un tal “Ronny” a cambio de dos gramos de cocaína.
En tanto que Gómez Peralta fue capturado en la calle Romance del sector Sol de Luz, cuando portaba ilegalmente una pistola Smith And Wesson, calibre nueve milímetros, con la serie ilegible, con un cargador y siete cápsulas, y un puñal.
Gómez Peralta alegó que la pistola la halló tirada en la calle en momentos en que varios vecinos sostenían una riña y él salió de su casa con un puñal para evitar ser agredido.
Finalmente Hernández Paredes fue apresado en la calle San Juan número 2, en el kilómetro ocho y medio de la carretera Sánchez, por haber robado una pistola Caranday, calibre nueve milímetros, serie G36488, la cual le fue robada al comerciante Rafael Vittini, en su vivienda de la calle respaldo Nicolás Casimiro número 6 altos, en el kilómetro ocho y medio de la carretera Sánchez.
Los tres detenidos serán sometidos a la justicia en las próximas horas, a través del Ministerio Público, acusaos de violar la ley 36 sobre porte y tenencia ilegal de armas de fuego.

El virus chikunguña ya deja 21 muertos y 4,756 infectados en Latinoamérica

Pacientes en hospitales.BOGOTÁ, Colombia.- El brote de la fiebre del chikunguña en Latinoamérica y el Caribe ya deja 21 muertos, 4,756 infectados y 302,243 casos sospechosos, desde que en diciembre de 2013 fue detectada la presencia autóctona del virus en la región, según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
El brote del chikunguña, que significa “doblarse del dolor” en el lenguaje africano makonde, lo encabezan República Dominicana, con 165.433 casos sospechosos, 18 confirmados y tres muertos; seguido de Haití, con 51.830 infectados y 4 comprobados; y Guadalupe, con 40.400 enfermos, 1.328 corroborados y tres muertos.
Los 21 fallecimientos por este virus, que provoca fiebre alta, dolor en las articulaciones, erupción en la piel, dolor de cabeza y muscular, se han presentado únicamente en el Caribe.
Martinica encabeza la lista con 12 fallecimientos, tras presentar 35.000 casos sospechosos de infección (1.515 comprobados), mientras que en República Dominicana, Guadalupe y San Martín (parte francesa, con 3.430 sospechas y 793 comprobaciones) se ha notificado la muerte de tres personas.
“La letalidad del virus es extremadamente baja, es mínima. Las personas que fallecen es porque tenían enfermedades previas, eran pacientes de avanzada edad con enfermedades que los debilitaban”, dijo a Efe la asesora en Manejo Clínico de Enfermedades Infecciosas de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), Pilar Ramón Pardo.
El virus solo puede adquirirse una vez y no tiene cura, aunque según Pardo en laboratorios científicos de Estados Unidos y Europa se adelantan investigaciones para crear una vacuna.
“Tampoco hay ningún tipo de tratamiento antiviral específico, es sintomático, es decir, analgésicos para los dolores articulares, antitérmicos para la fiebre, reposo y una buena hidratación”, explicó.
La explosión del chikunguña de forma autóctona, es decir, directamente por la picadura del mosquito Aedes Aegypti o Aedes Albopictus, los mismos que transmiten el dengue, fue detectada por primera vez en territorio americano en diciembre de 2013 en la isla caribeña de San Martín (parte francesa).
Anteriormente se habían registrado contagios de viajeros procedentes de países donde ya había noticias de brotes epidémicos, casos que se conocen como importados, en una enfermedad cuyos primeras informaciones datan de 1952 en Tanzania (África).
El Salvador fue el primer país de Centroamérica en el que se produjo un brote autóctono y actualmente registra al menos 1.512 casos de esta enfermedad, ocho de ellos confirmados.
En Costa Rica hoy se confirmó el primer caso de chikunguña en una turista francesa que antes de arribar al país estuvo en territorio dominicano, aunque está por saberse si es un caso autóctono o importado. Igualmente, una mujer costarricense enfermó en República Dominicana hace algunas semanas.
En Panamá, según la OMS, se reportaron dos casos, todos importados, y se mantiene una alerta sanitaria.
En Cuba, cuyas cifras no fueron incluidas en el último informe del 3 de julio de la OMS, el Ministerio de Salud Pública informó que el número de casos diagnosticados ha aumentado de seis a once, desde que el 18 de junio pasado fue confirmada su presencia en la isla.
Por su parte, en Suramérica, Brasil ha registrado hasta ahora 11 personas con la fiebre, en casos importados, aunque la prevista llegada de 600.000 extranjeros al país para el Mundial de fútbol obligó al Ministerio de Salud a emitir una alerta a comienzos de este año.
En Venezuela, el Ministerio de Salud cifra en 17 el número de casos de la enfermedad, al menos 11 llegaron procedentes de República Dominicana y uno de Haití, y hay datos de transmisión autóctona.
En tanto, en Chile se han presentado hasta ahora dos casos, ambos de origen exótico. En el país austral está descartado algún brote autóctono, debido a que no existe ninguna de las dos especies de mosquito que transmiten la enfermedad.
En Perú se reportaron en junio pasado dos infectados. Según datos del Ministerio de Salud, no fue necesario hospitalizar a los pacientes, una pareja de esposos de 40 y 31 años que viajaron a territorio dominicano.
Además, esta semana se dio en Paraguay el primer caso de una persona infectada. Como el virus es transmitido por el mismo mosquito que el dengue, que causó una epidemia entre 2012 y finales de 2013 en ese país, el Gobierno está incentivando a la población a eliminar los criaderos que se forman en aguas estancadas en casas y calles.
En México las autoridades han identificado un caso de contagio en un paciente que viajó a un evento deportivo a Antigua y Barbuda, el cual fue atendido y se encuentra fuera de peligro.
En Nicaragua, Honduras, Guatemala, Ecuador, Argentina y Colombia no se han reportado casos, aunque las autoridades mantienen la alerta.
La OPS alertó acerca de la “fase aguda” que viven las naciones centroamericanas y del Caribe que han reportado casos sospechosos de infectados y sobre la “fase crónica”, que a largo plazo puede dejar secuelas en los pacientes.
“Algunos estudios hablan de un hasta 20 % de las personas (con secuelas crónicas), algunas con dolores articulares más leves y otros con síntomas inflamatorios más serios que de alguna forma afectan la calidad de vida”, explicó Pardo a Efe.
De acuerdo a la especialista, no se sabe “con exactitud qué es lo que determina que una persona tenga las manifestaciones crónicas”, aunque existen factores de riesgo “como la edad avanzada, la presencia de enfermedades articulares anteriores (artritis, artrosis) y cardiovasculares como antecedente clínico”.
Según la OPS, la respuesta de los países ante el brote del chikunguña sido coordinada y siguiendo los estándares internacionales, pero llamó la atención sobre la eliminación de criaderos de los mosquitos para evitar su proliferación cuando se presente algún cambio meteorológico, que tienen “impacto en la diseminación de enfermedades”.DE EFE

Residencia de embajador EE.UU. iza bandera LGBT

La bandera arcoíris del orgullo Lésbico, Gay, Bisexual y Transgénero (LGBT) fue izada junto a la de Estados Unidos en la residencial del embajador James “Wally” Brewster.La residencia de la embajada de los Estados Unidos exhibe la bandera que identifica a los colectivos Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales (LGBT) junto a la enseña tricolor estadounidense.Desde hace días, en la que fuera la sede de la embajada estadounidense y que ahora funciona solamente como la residencia del embajador, se observa una bandera con los colores rojo, anaranjado, amarillo, verde, azul y púrpura, que identifica el orgullo LGBT. 

Eso coincide con el anuncio realizado a principio del mes pasado por la embajada estadounidenses de la celebración del “Mes del orgullo lésbico, gay, bisexual y transgénero” en el país, con actividades que incluirán foros, charlas, cine entre otras cosas.

Al anunciar las actividades, la Embajada explicó que el presidente norteamericano, Barack Obama, manifestó: “Nuestro compromiso con la promoción de la igualdad para la comunidad LGBT se extiende mucho más allá de nuestras fronteras”.

Salida de “macos” limita a criminales y narcotraficantes -

Autoridades dicen que más del 80% de los celulares que utilizan los autores de crímenes y delitos, son prepagados El jefe de la Policía dijo que la salida de los celulares “macos” es parte del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana.- Altos mandos policiales y militares consideran que la salida del mercado de los “celulares macos”, ayudará en la lucha contra el crimen organizado, transnacional y el narcotráfico.La disposición del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) de que todos los usuarios de celulares prepagados validen sus números como parte del Plan de Seguridad Ciudadana que implementa el Estado, ha sido bien valorada por el ministro de Defensa, el presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) y el jefe de la Policía.

El mayor general Julio César Souffront Velásquez, de la DNCD, expresó que para coordinar sus operaciones ilegales, los narcotraficantes utilizan hasta 30 teléfonos celulares sin registrar o que están a nombre de otras personas.

“Los narcos usan 15, 20 y hasta 30 celulares. Los usan, los botan, los mantienen por solo breves llamadas”, expresó Velásquez, describiendo el modo de operar de quienes trafican diferentes tipos de drogas desde y hacia la República Dominicana a través de redes transnacionales.

Refirió que esto representa una limitante para la institución antidrogas, ya que cuando están tras las pistas que los llevan a identificar e individualizar a los implicados en tráfico de sustancias narcóticas, utilizando como metodología de investigación el rastreo de las llamadas, por lo regular se encuentran con la limitante de que la línea está a nombre de una persona que no tiene que ver con el hecho y “fue un nombre usado”.

Expresó que la medida del Indotel, de que las compañías de telecomunicaciones, una vez vencido el segundo plazo otorgado por el Estado, suspendan el servicio a los usuarios de celulares prepagados que no hayan regularizado su uso, “obliga a que exista un registro fidedigno y puedan individualizar cuáles de estas personas están usando este medio para articular sus operaciones delictivas”.

“Es una medida muy efectiva la que se ha tomado, entendemos que va hacer de mucha ayuda para la lucha antidrogas, porque no es un secreto para nadie que los narcotraficantes usan mucho estos teléfonos, a nombre de otras personas”, puntualizó.

De su lado, el jefe de la Policía, mayor general Manuel Castro Castillo, explicó que los teléfonos móviles no validados facilitan la comisión del crimen organizado, el sicariato, y que cuando la institución realiza las depuraciones no puede dar con las personas que organizaron las acciones delictivas ni quienes las ejecutaron.

Indicó que el dictamen resulta un “golpe al crimen”, ya que es un avance en la lucha contra este tipo de delitos, dándoles menores facilidades en la forma y herramientas para ellos cometer sus delitos, aunque reconoció que los criminales siempre buscan nuevas herramientas y técnicas para sus fechorías.

Castro Castillo espera que con la medida también se reduzcan los robos de celulares, puesto que según él, se ha determinado que esos celulares robados, son vendidos para ser reactivados con una nueva tarjeta SIM.

Confió, además, que se reduzca el delito común, ya que con la medida se facilita el proceso investigativo para los casos complejos como son los secuestros.

Sobre ese tema, el almirante Sigfrido Pared Pérez, ministro de Defensa, asegura que la orden “tiene que tener un impacto positivo, en virtud de que la mayoría, el 80 por ciento, de los “celulares macos”, son utilizados por delincuentes que tratan de violentar la ley y evitar que sean perseguidos”.

Nivel de uso de los “celulares macos”

La frecuencia de uso de los móviles prepagados en la comisión de delito fue evidenciada en el atentado contra el abogado Jordi Veras, donde varios imputados en el hecho usaron teléfonos “macos” para comunicarse entre sí.
Los “macos”, no solo son usados por narcotraficantes y sicarios que gozan de libertad, también son utilizados por personas privadas de libertad, que se encuentran cumpliendo condenas en una de las cárceles del país.

De acuerdo a los registros de llamadas hechas al Sistema Nacional de Atención a Emergencia y Seguridad 911, la mayoría de las denominadas llamadas “molestosas”, fueron hechas a través de “celulares macos”, lo cual es un obstáculo, ya que los usuarios reales no están registrados en una telefónica.
Millones de líneas aún están sin validar
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones reportó que en la República Dominicana funcionan más de 10 millones de teléfonos móviles. De ellos, dos millones son teléfonos móviles post pago y ocho millones son teléfonos móviles prepagados. “El derecho de mantener el número persistirá por 90 días a partir del 12 de junio, esto es hasta el miércoles 10 de septiembre del 2014”, expresó el Indotel.
8,000,000
Usuarios. Más de ocho millones de personas utilizan teléfonos prepagados en todo el territorio nacional

Este sábado se registrarán aguaceros a causa de vaguada

Una vaguada combinada con los efectos locales aumentará la nubosidad este sábado en la tarde hasta las primeras horas de la noche, informó la Oficina Nacional de Meteorología (Onamet).
Agregó que se registrarán aguaceros dispersos con tormentas eléctricas en las regiones Noreste, Sureste y el centro del país.
Asimismo, dijo que una onda tropical sigue moviéndose hacia el Oeste, y su eje está ubicado al Sur de Haití.