La Suprema Corte de Justicia conocerá este martes, 30 de marzo, el recurso de casación interpuesto por el consorcio energético Gezhouba-Impe, empresa que participó en la licitación, junto a Odebrecht para la construcción de las plantas a carbón en Punta Catalina, Banì, contra la sentencia No. 155, del Tribunal Superior Administrativo.
La referida sentencia conoció el asunto principal, en la que declara inadmisible la demanda del consorcio, revocando la sentencia 076, que reconocía el poder del grupo empresarial para actuar en contra de la CDEEE.
Según Ángel Moreta, abogado del grupo, la fijación del 30 de marzo para conocer el recurso, nueve meses después de que fuera presentado por la parte demandante, obedece a un plan de las altas esferas gubernamentales, para lograr la inadmisibilidad de la instancia, a fin de que “tenga efecto inmediato para el 31, fecha de vencimiento de los plazos otorgados en el contrato waiver, firmado entre el Ministerio de Hacienda y el Deustche Bank por 200 millones de dólares para el pago de los atrasos en la construcción de las plantas a carbón de Punta Catalina.
El pasado 31 de diciembre el pool de bancos liderado por Deustche Bank, erogó al Estado dominicano, previa firma de una carta de entendimiento de fecha 23 de diciembre, en la que se asume el compromiso de pagar a más tardar el 31 de marzo la suma solicitada y aprobada, de la cual, se recibieron US$117.5 millones, ya que el organismo que avaló la transacción, el Servizi Assicurativi del Commercio Estero (SACE), de Italia, se cobró cobró los US$82.5 millones por concepto del valor total de la prima del seguro para cubrir el riesgo-país, tal y como lo establece el acuerdo de financiamiento.
Así las cosas, y frente al peligro que significa que República Dominicana ponga en riesgo las finanzas públicas, la Suprema Corte de Justicia se destapa con el anuncio de la audiencia para conocer el recurso de casación interpuesto hace 9 meses por los abogados de Gezhouba-Impe, ya que dicho consorcio presentó una oposición al grupo bancario europeo para que se abstuvieran de erogar fondos para el pago de los trabajos de Punta Catalina, pues existe una litis pendiente entre el consorcio y la CDEEE por la adjudicación “de manera” irregular del contrato de construcción, luego que Gezhouba-Impe fuera admitido como concursante por la anterior administración de la empresa eléctrica estatal.
Los abogados advierten que de declarar inadmisible el recurso de casación, para impedir que continúe la oposición del grupo domínico-chino, acudirán a otras instancias judiciales, como el recurso de revisión, o en recurso de amparo constitucional, a fin de desbaratar lo que califican de “trama perfecta” en la que de nuevo, la justicia, a través de su máximo organismo, trata de sacar las castañas del fuego al Poder Ejecutivo, representado por Hacienda y la CDEEE en este caso.
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