
La iniciativa promovida por el diputado Henry Modesto Merán Gil, busca derogar la Ley de Cheques 2859, del 30 de abril de 1951 y sus modificaciones, bajo el argumento de que está obsoleta ante los avances tecnológicos que se han venido experimentando con relación a los medios de pagos.
Como parte de los trabajos, los miembros de la comisión se reunieron con el superintendente de Bancos, Luis Armando Asunción, a fin de analizar la propuesta y escuchar sus recomendaciones. Una reunión previa se realizó con las autoridades del Banco Central.
“A partir del resultado del análisis ponderado de la ley vigente y del interés de su adecuación y modernización, existe la necesidad de una nueva norma que contemple disposiciones adecuadas a los aspectos operativos, que excluya la condición de instrumento de comercio del cheques, así como la descontinuación del uso del cheque certificado, cruzado, al portador, para abonar en cuenta y de la reducción de los endosos únicamente a dos”, aduce la propuesta.
Además, plantea que la alteración fraudulenta o falsificación de un cheque será sancionada con pena de 4 a 10 años de prisión mayor y multa equivalentes a tres veces el monto de la alteración. Igual penalidad se impondrá cuando se realicen endosos de los cheques a sabiendas de falsificación. También sería necesario modificar el Código Penal.
El proyecto de ley también propone un plazo de seis meses, contados a partir de la fecha de emisión, para ser presentado para fines de pago. De igual modo, que el cheque sólo podrá librarse a cargo de una entidad de intermediación financiera que mantenga fondos disponibles previamente depositados.
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