martes, 26 de agosto de 2025

Depositan proyecto que busca eliminar el ultraje del nuevo Código Penal

 

Algunos congresistas han identificado en el conjunto de leyes algunas acciones punitivas que aún deben ser revisadas antes de su entrada en vigencia en los próximos 12 meses

La modificación del Presupuesto de 2025 fue enviada a la Cámara de Diputados

La modificación del Presupuesto de 2025 fue enviada a la Cámara de Diputados.                                                   En el nuevo Código Penal, promulgado el pasado 3 de agosto, los legisladores adicionaron más de 70 tipificaciones delictivas, con el objetivo de actualizar el régimen sancionador del país, utilizado en los tribunales desde el año 1884. Sin embargo, algunos congresistas han identificado en el conjunto de leyes algunas acciones punitivas que aún deben ser revisadas antes de su entrada en vigencia en los próximos 12 meses.

Uno de estos casos fue señalado por el diputado Ramón Raposo, quien depositó ayer un proyecto de modificación a la Ley Orgánica 74-25 que busca eliminar los artículos 310 y 311 para suprimir el ultraje, acto sancionado en la pieza.

Ese artículo describe el ultraje como el hecho de “pronunciar palabras o amenazas, o enviar escritos, imágenes o cualquier tipo de objeto, o hacer gestos, de modo no público, pero de carácter contrario a la dignidad personal y a la de las funciones que desempeña algún funcionario o servidor público”.

Los representantes del Congreso Nacional establecieron en el marco legislativo que la comisión de este “delito” debe ser “perseguida por acción pública a instancia privada”, por lo que el culpable sería condenado con hasta un año de prisión menor y una multa de “dos a tres veces el salario que perciba al momento de la infracción, el funcionario o servidor público que ha sido su víctima”.

No obstante, el representante nacional del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) en la Cámara de Diputados considera que esta penalización podría afectar la libertad de expresión en República Dominicana.

Raposo recordó en el proyecto de ley que el Estado es signatario de la Declaración de Chapultepec firmada en el año 1994, la cual establece en su primer principio que “no hay personas ni sociedades libres sin libertad de expresión y de prensa. El ejercicio de ésta no es una concesión de las autoridades, es un derecho inalienable del pueblo”.

Asimismo, el diputado Charlie Mariotti anunció el pasado 5 de agosto que presentaría un documento para modificar este apartado, el cual califica de excesivo al cohibir a la sociedad dominicana de opinar para motivar la eficiencia de los funcionarios del Gobierno.

“Estaremos haciendo el sometimiento de las modificaciones, empezando por el ultraje. Entendemos que es excesivo, que cohíbe a los periodistas y a todo el mundo de expresar de manera libre (para) tratar que los funcionarios hagan mejor su trabajo”, dijo durante una entrevista con reporteros.

Mariotti, parte de la bancada del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), expresó su preocupación por la habilitación del cúmulo de penas para las infracciones que no atentan contra la vida, ya que le parecen “excesivas”.

Otras modificaciones

El diputado Raposo sugiere en el documento agregar un tercer párrafo al artículo 157, en el que se sanciona a quien obstaculice a los vehículos de atención a emergencia o seguridad ciudadana con hasta dos años de prisión menor y una multa de tres a seis salarios mínimos del sector público.

Este texto, que deberá ser conocido en dos discusiones en las cámaras del Poder Legislativo, pretende eximir de culpabilidad a los participantes de protestas, viacrucis, actos lúdicos, religiosos o deportivos cuando entorpezcan el trayecto del conductor.

También sugiere incluir un nuevo párrafo en el artículo 192 que castiga con hasta un año de prisión menor y la imposición de uno a dos salarios mínimos a quienes publiquen o difundan audio, imágenes o videos de otra persona sin su consentimiento.

El cuarto párrafo permitiría que la persona culpable reciba una pena mayor de cinco a 10 años de prisión mayor cuando esta tenga una “autoridad o relación de poder respecto de la víctima”.

Por último, Raposo propone anexar un párrafo al artículo 386 que penaliza con hasta 10 años de prisión mayor y una multa de 10 a 20 salarios mínimos a quien incite o “arengue” a otras personas a armarse contra las autoridades o contra una parte de la población.

Con este, el congresista de la Cámara baja busca suprimir la responsabilidad penal de la ciudadanía cuando esto ocurra como parte de pronunciamientos, consignas o reclamos realizados para exigir derechos de los ciudadanos o durante campañas políticas y reuniones religiosas.

“Los pronunciamientos, consignas o reclamos hechos por la ciudadanía como parte de las exigencias sobre derechos ciudadanos, campañas políticas o reuniones religiosas, se eximen de responsabilidad penal”, versa el párrafo.

¿Qué pasará?

La moción del diputado ahora debe ser estudiada por los 189 representantes, quienes decidirán si favorecen su admisión. Este procedimiento debe repetirse en el Senado de la República, antes de que pueda ser enviada al Poder Ejecutivo para promulgar las modificaciones.

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