lunes, 9 de noviembre de 2015

Simple cancelación favorece oficiales incurren en delitos

Los procedimientos policiales y militares de no someter a la justicia ordinaria a los agentes cancelados y puestos en retiro forzoso por la comisión de hechos dolosos, ha provocado que estos tengan ganancia de causa por ante el Tribunal Constitucional que está ordenando sus reposiciones y el pago de los salarios atrasados.
Abogados expertos en la materia entienden que para que eso no ocurra, lo ideal sería que antes de cancelarlos o ponerlos en retiro forzoso, se les suspenda en sus funciones, se le investigue en presencia de un abogado y que si se determina que realmente incurrieron en la comisión de un hecho doloso, se le someta la justicia ordinaria.
Para algunos, estos casos son utilizados para favorecer a determinadas personas que incurren en delitos graves en las instituciones que prestan servicios, incluyendo a jueces del Poder Judicial.
Al entender de algunos de los abogados consultados, en muchos casos podría tratarse de estrategias para que militares y jueces se marchen a sus hogares con el dinero ganado del dolo que se le atribuye.
Sin embargo, abogados como el licenciado Manuel Sierra, entienden que detrás de esas cancelaciones y retiros forzosos hay de todo, como por ejemplo celos de profesión, zancadillas y revanchismos, razón por lo que entiende que muchas son injustas.
Consideró que el sistema que se está utilizando para el retiro de esos militares y policías no es el adecuado y que por vía de consecuencia se cometen errores, por lo que se terminan mezclando mansos con cimarrones.
Reynaldo Fermín
El abogado Frank Reynaldo Fermín favoreció que los militares, policías y jueces sean primero investigados en presencia de sus abogados y luego sometidos a la justicia ordinaria cuando se determine que cometieron hechos dolosos.
Para el destacado jurista, esa sería la única forma en que se podría impedir que un militar o juez retorne a sus funciones como consecuencia de una sentencia del TC.
Esto así, porque el TC ha establecido mediante decenas de sentencias que cuando a un militar o policía se le cancela o coloca en retiro forzoso, previo las sanciones que le imponen, les violentan sus derechos fundamentales y se les somete a un doble juicio.
El abogado Fermín dijo que lo recomendable sería que antes de la cancelación se les someta a investigación y después a la justicia.
Consideró que no cree que pueda haber un solo tribunal en el mundo que ordene la reposición en su puesto de un militar o juez que haya sido cancelado después de una condena en su contra impuesta por un tribunal ordinario.
“Las sanciones y cancelaciones son parte de la convivencia para que no obtengan condenas penales de muchos y eso no solo abarca a los miliares sino también a los jueces”, sostuvo Fermín.
Eduardo Tavárez
Sobre el particular, el ex presidente de la Asociación de Abogados Independientes, Eduardo Tavárez, dijo que su criterio es que cuando se quiebran los cánones o reglamentos internos de una institución, el superior tiene la facultad de prescindir de los servicios que presta el personal en falta, independientemente que los tribunales ordinarios lo puedan o no sancionar desde el ámbito penal.
La inquietud surge en virtud de que han sufrido más de una decena de sentencias, entre ellas algunas ratificadas por el Tribunal Constitucional (TC), ordenando la reposición de militares cancelados o puestos en retiro forzoso.
Sin embargo, en la mayoría de los casos las sentencias han sido desacatadas a pesar de que contienen astreintes o multas por cada día de retardo en cumplimiento.
En la mayoría de los casos, el TC ha establecido que a los cancelados les violaron sus derechos fundamentales, en vista de que los separaron de las filas militares después de haberles impuestos medidas disciplinarias.
Ejemplos
Hace poco, el TC dictó la sentencia 0375/14, mediante la cual confirmó la decisión del 122-2013, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, el primero de mayo de 2013, que ordena a la Jefatura de la Policía Nacional restituir en el rango de sargento mayor a Ramón Antonio Rodríguez, con todas sus calidades, atributos y derechos adquiridos.
También, mediante la sentencia 0367/14, ordenó el reintegro Huáscar Miguel de Peña Lizardo a su puesto como capitán de navío de la Armada Dominicana (antigua Marina de Guerra), así como el pago de todos los salarios atrasados.
La alta corte fijó un astreinte de RD$5,000 por cada día de retardo en el cumplimiento de esa sentencia.
De acuerdo a los abogados consultados, estos casos se ven más en las instituciones policiales y militares. Según ellos, el 90 por ciento de los casos proviene de la policía y los militares y el resto del Gobierno central.
“Lo que sucede es que en un acto totalmente equivocado, esas instituciones cancelan y ponen en retiro forzoso sin hacer las investigaciones adecuadas a las personas y esas cancelaciones se convierten en una patente de corso para que esa autoridad que juró cumplir la ley salga premiado, al ser cancelado y no investigado”, declaró el abogado Manuel Sierra.
Sostuvo que lo que hay que hacer es suspender y hacer una investigación independiente y equilibrada, para que después no ocurra lo que está pasando con las sentencias del Tribunal Constitucional.
UN APUNTE 
Desacatan sentencia
Én más de un 90 por ciento los afectados han obtenido ganancia de causa por ante el Tribunal Superior Administrativo y después por ante el Tribunal Constitucional, pero después las sentencias han sido desacatadas por parte de los organismos encargados de ejecutarlas.
En casi la totalidad de los  casos las sentencias han sido desacatadas a pesar de que contienen astreinte o multas por cada día de retardo en cumplimiento.
En casi todos los casos, el TC ha establecido que a las  cancelados les violaron sus derechos fundamentales, en vista de que los separaron de las filas militares después de haberles impuestos  medidas disciplinarias.

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