
La medida fue comunicada al director de la AMET, general Pablo Arturo Pujols, mediante comunicación de fecha 10 de octubre, firmada por Estrella.
El organismo encargado de regular el tránsito precisó que actúa con estricto apego a las leyes y disposiciones emanadas de los organismos correspondientes.
De acuerdo a una resolución, los propietarios de vehículos pueden utilizar tintados en los cristales laterales y en la parte trasera, siempre y cuando no afecten la visibilidad total hacía dentro del mismo.
El director de Tránsito Terrestre explica que exceptuó los cristales delanteros con la única finalidad de proteger a los ciudadanos, tanto por un asunto de salud, “como además de cualquier acción delincuencial”.
Dejó claro que el tintado de los cristales no puede obstaculizar la visión total hacía el interior del vehículo.
En la misiva remitida a la AMET, el director de Tránsito Terrestre explica que el artículo 166 de la Ley 241 sobre Tránsito lo faculta para tales fines.
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