El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó ayer, por voto unánime, la acción de amparo interpuesta el pasado 16 de mayo por un grupo de dirigentes del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), que señalaba que no se estaba trabajando para organizar la convención nacional como ordenó ese mismo tribunal.
El rechazo fue dado a conocer por el alto tribunal, mediante la sentencia TSE 006-2018.
El dispositivo indica que rechaza la acción de amparo de cumplimiento de sentencia interpuesta por Aurelio Moreta Valenzuela, Andrés Henríquez, César Emilio Guzmán Antigua y Aníbal García Duvergé, “en virtud de lo previsto en el artículo 104 de la Ley 137-011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, ya que las sentencias no están previstas entre los actos susceptibles de ejecución mediante la acción de amparo de cumplimiento”.
También dispensa las costas del procedimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 137-11 y ordena la notificación de la sentencia a las partes en litis y la publicación de la misma en el Boletín Contencioso Electoral, para los fines de lugar.La decisión fue tomada por Román Jáquez, presidente; Cristian Perdomo Hernández, Rafaelina Peralta Arias, Santiago Sosa Castillo y Ramón Arístides Madera Arias, jueces.
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