martes, 10 de noviembre de 2020

Danilo Medina es juramentado como miembro del Parlacen

 

Santo Domingo.- El expresidente de la República, Danilo Medina, se incorporó este martes al Parlamento Centroamericano (Parlacen) luego de ser juramentado ante el Pleno presidido por la presidenta de este foro regional, Fanny Carolina Salinas Fernández.

El exmandatario fue congratulado por los representantes de las Bancadas Nacionales, quienes reconocieron su labor como aliado de la integración regional. La asamblea plenaria extraordinaria sesionó a las 12:00 del mediodía, hora dominicana.

En los países que son miembros del Parlamento, los expresidentes y ex vicepresidentes pueden ser juramentados como diputados de ese organismo. República Dominicana se unió a partir de 2010 con diputados electos en forma directa por sufragio universal.

En el año 2014, el exjefe de Estado, Leonel Fernández, también fue juramentado por un período de cuatro años. De igual modo, el exvicepresidente Rafael Alburquerque, quien gobernó junto a Fernández, se integró en septiembre de 2012.

El Parlamento Centroamericano es el órgano político del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), y tiene entre sus países miembros a El Salvador, Panamá, Nicaragua, Honduras, República Dominicana y Guatemala, como estados miembros de "pleno derecho".

El artículo 9 del reglamento del Parlacen, establece que los diputados y diputadas  tendrán un régimen especial de inmunidades y privilegios, el cual es detallado en los párrafos siguientes.

El párrafo 1 del articulo 9 especifica que en el Estado en que fue electo, el diputado gozará “de las mismas inmunidades y privilegios de que gozan los diputados ante los órganos legislativos nacionales”.

Artículo 9 bis. Inmunidades y Privilegios de las Diputadas y los Diputados

Las Diputadas y los Diputados gozarán del régimen de inmunidades y privilegios establecidos en el artículo 22 del Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y otras Instancias Políticos.

El párrafo 1 del mismo artículo especifica que en el Estado en que fue electo, el diputado gozará “de las mismas inmunidades y privilegios de que gozan los diputados ante los órganos legislativos nacionales”.

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