Tomando en cuenta la situación de riesgos de salud que sigue generando la pandemia del Covid-19, el Ministerio de Trabajo difundió una guía para que los empleadores y trabajadores puedan garantizar su salud y seguridad.
A los fines de guiar a la población y facilitar el correcto y productivo desarrollo de las relaciones laborales, el organismo recordó algunas de las disposiciones que rigen en este contexto:
1) Es obligación de todo empleador garantizar a sus trabajadores condiciones de seguridad, salubridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas para promover la creación de instancias integradas por empleadores y trabajadores para la consecución de estos fines.
2) Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
3) Los trabajadores…deberán en particular: … Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente, con el fin de garantizar la seguridad y la salud en el trabajo.
4) En cumplimiento del deber de protección, el empleador deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio, en todos los aspectos relacionados con el trabajo, adoptando para estos fines cuantas medidas sean necesarias.
5) Los costos relativos a la adopción de medidas destinadas a garantizar la seguridad y la salud en el trabajo no deberán recaer en modo alguno sobre los trabajadores.
6) Como medida preventiva, el empleador está obligado adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
7) El empleador tiene el deber ético y moral, así como la obligación legal, de tomar medidas de control ante cualquier riesgo que haya sido identificado.
El Ministerio de Trabajo recordó que los empleadores tienen la obligación de conformar los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo y que los trabajadores tienen la obligación de participar en los mismos.
“Son estos organismos compuestos entre empleadores y trabajadores, los que tienen la responsabilidad y obligación de adoptar medidas que contribuyan a la protección colectiva e individual de los trabajadores. Por tal motivo, este ministerio llama a mantener activos los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo, como un mecanismo imprescindible para canalizar y resolver los temas vinculados al bienestar de los trabajadores en término de salud para que sigan contribuyendo con la productividad de la familia dominicana”, indica un comunicado del organismo.
Indica que el Ministerio de Trabajo pone a disposición de trabajadores y empleadores a todos sus equipos técnicos, sobre todo Inspectores de Trabajo y especialistas de la Dirección General de Higiene y Seguridad Industrial, para colaborar en la aplicación de las disposiciones del gobierno en la lucha en contra del Covid-19.
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