El Senado de la República aprobó este jueves en primera lectura el proyecto de ley que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), en sustitución del actual Departamento Nacional de Investigaciones.
La iniciativa, propuesta por el Poder Ejecutivo, busca crear la institución que funcionará como una entidad que estará bajo la dependencia del presidente de la República, y que tendrá como misión “realizar actividades de inteligencia y contrainteligencia para la seguridad nacional e interior” a los fines que contrarrestar cualquier “riesgo o amenaza” contra la nación.
Al ser una entidad a cargo de la presidencia, será el mandatario, Luis Abinader, el encargado de nombrar o destituir al director de la institución.
También la pieza legislativa establece que la entidad dispondrá de un inspector general y un contralor financiero, designados ambos por el director.
Un detalle a destacar es su artículo 10, donde establece como “reservadas o confidenciales” todas las actividades que desarrolle la DNI, así como su organización, estructura interna, medio y procedimientos, personal, instalaciones, bases y cualquier otro tipo de informaciones o datos “que puedan conducir al conocimiento de los asuntos que trate”.
Mientras que en su artículo 11, dispone que todas las dependencias del Estado, así como instituciones privadas o personas naturales están obligadas a entregar a la Dirección Nacional de Inteligencia todas las informaciones que ésta requiera para el cumplimiento de sus funciones”.
En lo que respecta a los recursos económicos, la DNI dispondrá de una partida en el Presupuesto General del Estado, así como una asignación de gastos reservados "en cuyo uso se preservará la confidencialidad de identidad, acontecimientos, lugares o fechas relacionados con las mismas”.
Por otro lado, en caso de aprobarse como ley, la DNI sucederá al Departamento Nacional de Investigaciones en el ejercicio de sus funciones y cometidos, quedando subrogada en la titularidad de los bienes, derechos y obligaciones de esta última entidad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario