lunes, 18 de mayo de 2026

Intrant no acude al TSA y aplazan recurso contra límite a licencias de conducir para mayores de 65 años

 Intrant no acude al TSA y aplazan recurso contra límite a licencias de conducir para mayores de 65 años

Licencia de conducir

El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) no compareció a la audiencia pautada para este lunes en el Tribunal Superior Administrativo (TSA), para conocer el recurso de amparo incoado por un grupo de periodistas contra el decreto que limitaba a dos años la renovación de la licencia de conducir de las personas de 65 años en adelante.

La ausencia de los abogados del Intrant obligó al tribunal a reenviar el proceso para el 8 de junio, con el fin de reformular las conclusiones para incluir el nuevo decreto 330-26, así como para citar en intervención forzosa a la Presidencia de la República.

El citado nuevo decreto deroga el anterior, el cual limitaba a dos años la renovación de la licencia de conducir a las personas de 65 años de edad en adelante, pero traspasa el problema a los que tienen más de 75 años.

El Intrant no compareció a la audiencia, pero en cambio envió un escrito en el que solicita al tribunal dejar sin efecto el proceso, por falta de objeto, alegando la existencia del citado nuevo decreto.

El pedimento busca dejar sin efecto la audiencia de este lunes, bajo el argumento de que dicho decreto fue derogado y de que en su sustitución se emitió uno nuevo, el número 330-26.

Sin embargo, Alberto Tavárez, abogado de los accionantes, dijo que la solicitud del Ejecutivo no surte ningún efecto, puesto que sus clientes decidieron mantener la acción de amparo, en razón de que el citado decreto no satisface sus demandas.

Tavárez dijo que convino con sus clientes continuar con la acción, dado que el decreto presidencial no responde al requerimiento principal, que es que se respete el derecho que tienen los envejecientes a no ser discriminados, tal como lo dispone el artículo 39 de la Constitución de la República.

Dicho artículo dice de manera expresa: “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal…”.

Lamentó que el Gobierno obviara el mandato constitucional establecido en el citado artículo y que, en lugar de subsanar la situación, emitiera un decreto para favorecer a unos y perjudicar a otros.

“El decreto emitido por el presidente Luis Abinader lo que hace es desplazar en diez años la discriminación, de 65 a 75 años, por lo que es incongruente con la sentencia TC/0050/20 del Tribunal Constitucional, que expulsó de nuestro ordenamiento jurídico el criterio de ‘presunción de ineptitud por la edad’”, declaró el abogado.

De igual manera, el jurista sostiene que la disposición presidencial reitera el exceso de competencia de la atribución reglamentaria del Poder Ejecutivo, al imponer restricciones para la renovación de la licencia de conducir que no fueron establecidas en la Ley 63-17 de Tránsito, Movilidad y Transporte.

Periodistas demandantes

El grupo de periodistas está compuesto por Héctor Minaya, José Antonio Torres, Christian Oviedo, Leo Corporán y Silvio Cabrera, de la redacción del periódico El Nacional, quienes apoderaron para tales fines al abogado constitucionalista Alberto Tavárez.

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