miércoles, 5 de junio de 2019

Partidos de oposición arrecian su lucha contra el voto de arrastre en los tribunales

SANTO DOMINGO.- El Partido Revolucionario Moderno (PRM) y otros seis partidos políticos minoritarios iniciaron este miércoles su lucha en los tribunales en procura de que sea suspendida, de manera parcial, la resolución de la Junta Central Electoral que eliminó el arrastre en 26 provincias y lo mantuvo en otras seis demarcaciones.
Este miércoles el Tribunal Superior Administrativo conoció y dejó en estado de fallo dos solicitudes de medida cautelar incoada por los colectivos.

Durante el conocimiento de las solicitudes cautelares, incoadas por separado por el PRM y seis colectivos políticos, éstos insistieron en que la resolución del órgano electoral atenta contra el principio de igualdad de los ciudadanos, por lo que pidieron que su aplicación sea suspendida de manera provisional.
“Cuando usted magistrado se retire a deliberar y lea el contenido del artículo 103 y los párrafos del artículo 104, usted no va a encontrar ninguna disposición, ninguna afirmación del legislador donde establezca que el sistema de circunscripción le es aplicable a los senadores”, dijo Arístides Trejo, abogado del PRM.
En tanto que el abogado Sigmund Freud Mena expresó que “definitivamente esta decisión tiene una violación fundamental, es la demarcación en el país de dos tipos de electores, de dos tipos de ciudadanos”.
Mientras la Junta, a través de sus representantes, defendió su accionar alegando que lo único que hizo fue aplicar lo que establece la ley de partidos y la constitución.
“Si se dieran una ligera lectura a la interpretación literal de la resolución, nos llevaría a la interpretación de que la hemos hecho literal con la constitución, no hemos agregado una coma”, manifestó Demetrio Francisco, abogado de la JCE.
Durante su intervención, las seis agrupaciones minoritarias, entre las que se encuentra el partido Opción Democrática, Alianza País y el Frente Amplio, solicitaron al tribunal imponer un astreinte de 10 mil pesos diarios a la Junta ante un eventual incumplimiento de la decisión, en caso de ser favorecidos con la medida cauletar.
El tribunal otorgó un plazo de 5 días a las partes para presentar por escrito sus conclusiones.
Este tribunal también fue apoderado de dos recursos de nulidad en contra de la resolución, incoado por los mismos colectivos.

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