SANTO DOMINGO.-Aunque el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y el Partido Revolucionario Moderno (PRM) hicieron provisión para cumplir con la cuota de género en las pasadas primarias, los resultados desequilibraron significativamente la balanza entre hombres y mujeres.
La Ley de Partidos Políticos y la de Régimen Electoral, ambas de promulgación reciente, establecen que la cuota femenina no podrá ser inferior al 40% de las candidaturas ni superior al 60%.
Sin embargo, los hombres dominaron por un margen muy superior al establecido en todos los niveles de elección en las primarias realizadas el pasado seis de octubre.
En el PLD, de 151 puestos del nivel congresual elegibles en primarias, los hombres conquistaron 104 y las mujeres 47.
La diferencia es mayor en el nivel municipal, donde 101 hombres lograron la nominación como alcaldes y las mujeres obtuvieron 20, lo que equivale a decir que por cada 10 alcaldes solo dos alcaldesas.
Los resultados en el PRM fueron similares. Dos candidatas a senadoras, 15 diputadas y ocho con candidaturas a alcaldesas.
Estos son los puestos de elección popular de mayor nivel, pero sucedió lo mismo con los directores de distritos municipales, regidores, vocales y suplentes.
Particularidades
Las mujeres lograron mejores resultados en las provincias que presentan altos niveles de urbanidad.
En el Distrito Nacional las candidatas del PLD en el nivel congresual superan ocho a seis y en La Romana solo tendrá un hombre como candidato a diputado de tres posibles y la aspirante a la senaduría busca la reelección.
En el Distrito Nacional las candidatas del PLD en el nivel congresual superan ocho a seis y en La Romana solo tendrá un hombre como candidato a diputado de tres posibles y la aspirante a la senaduría busca la reelección.
No sucede lo mismo en provincias como Bahoruco, Barahona, Elías Piña, Espaillat, Hato Mayor y ocho más, en las la totalidad de los ganadores de candidaturas por el partido oficialista al Congreso, son hombres.
Lo que procede
El artículo 36 del reglamento de aplicación de la Ley de Partidos plantea que cuando las precandidatas a puestos de elección popular no hayan obtenido el 40%, las más votadas en el proceso de primarias correspondiente a la demarcación electoral de que se trate serán las electas.
Esta disposición creará las bases para que en los próximos días se produzcan reclamos de candidaturas.
Llamado
Ayer la Comisión de Género de la Cámara de Diputados junto a otras organizaciones de mujeres exigieron de los partidos y agrupaciones políticas crear las condiciones para cumplir con las cuotas.
Instaron, además, a la Junta Central Electoral a adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho a la participación política de las mujeres, conforme a la normativa vigente.
Su presidenta, Magda Rodríguez, llamó a “todas las candidatas participantes en la contienda electoral a mantenerse vigilantes ante posibles violaciones de sus derechos políticos por parte de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos en los que militan”.
Afirmó que es tiempo de superar las barreras que limitan la participación en igualdad.
Plazos legales
—1— Primarias
EL 28 de octubre es la fecha límite para la corrección de listas de candidatos resultantes de primarias que no cumplan con la proporción 40%-60% y el 10% de cuota de juventud.
—2— Convenciones
Las demás organizaciones políticas deberán ajustar sus listas de candidatos a más tardar el 15 de noviembre.
EL 28 de octubre es la fecha límite para la corrección de listas de candidatos resultantes de primarias que no cumplan con la proporción 40%-60% y el 10% de cuota de juventud.
—2— Convenciones
Las demás organizaciones políticas deberán ajustar sus listas de candidatos a más tardar el 15 de noviembre.
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