SANTO DOMINGO.- La jueza de la Oficina de Servicio de Atención Permanente del Distrito Nacional impuso este viernes una garantía económica de un millón de pesos en efectivo, presentación periódica, impedimento de salida y continuar curso conductual al cantante Antonio Peter de la (Omega).
En ese sentido la magistrada Octavia Fernández rechazó la solicitud de prisión preventiva hecha por el Ministerio Público. Omega es acusado de supuestamente portar y exhibir arma de fuego en la vía pública.
De acuerdo de su abogado Félix Porte, su representado lo que portaba era una taser, que es un aparato que produce descarga eléctrica.
La Fiscalía precisó que las investigaciones realizadas por el Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona arrojaron que el arma entregada de manera voluntaria por el investigado no se corresponde con la que utilizó al momento de una discusión con un conductor del transporte público ocurrida el pasado domingo.
El fiscal investigador del caso destaca que la pistola de electrochoque entregada por Omega tiene unos detalles amarillos que fueron pintados de color negro, con la intención de que se pareciera a la utilizada en el hecho.
“Al analizar las imágenes se pudo apreciar que el arma usada en la comisión del delito tiene un cañón más grande y fino que la entregada a la Policía”, informó la Fiscalía del Distrito Nacional.
De manera preliminar, el Ministerio Público califica los actos cometidos por Antonio Peter de la Rosa como exhibición, uso y porte ilegal de arma de fuego, delitos previstos y sancionados por los artículos 66, 67 y 79 de la Ley 631-16 sobre Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.En adición a estos hechos, el Departamento de Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados de la Fiscalía del Distrito Nacional, dirigido por Minerva Batista, ha solicitado al juez de Ejecución de la Pena la revocación de la sentencia que suspendió la pena que cumplía el cantante.
Batista planteó que Omega incurrió en una nueva infracción en el ínterin del cumplimento de la condena, además de que no ha cumplido con las reglas establecidas en la sentencia, infringiendo el artículo 42 del Código Procesal Penal.
Al evaluar la conducta reincidente del imputado en violentar las normas, el Ministerio Público ha considerado que la prisión preventiva será la medida más idónea para garantizar que el procesado se presente a todos los actos judiciales.
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