Asamblea Nacional Revisora que aprobó en primera lectura la reforma constitucional.
Con el informe favorable de la Comisión de Verificación y Auditoría los artículos aprobados en primera lectura el día 8 del mes pasado por la Asamblea Nacional Revisora, el Congreso pasaría esta tarde segunda lectura a la reforma constitucional sometida por el presidente Luis Abinader el pasado 19 de agosto. La nueva Constitución sustituirá la actual que data del 13 de junio de 2015.
En la sesión de la Asamblea Revisora prevista para las 2:00 de la tarde se aprobaría en segunda lectura la reforma y el procedimiento establece que el presidente de la Asamblea Nacional, Ricardo de los Santos, debe convocar a un acto solemne para la proclama en que estará el presidente Abinader, el cuerpo diplomático acreditado en el país, personalidades e invitados especiales.
«Después que se le de la segunda lectura esta tarde la reforma queda aprobada, entonces el presidente de la Asamblea Nacional, Ricardo de los Santos, debe escoger una fecha prudente para la proclama de la nueva constitución que sustituirá la constitución vigente que data del 13 junio del 2015″, explicó el senador Pedro Catrain, quien presidió la comisión bicameral que estudió el proyecto de reforma a la Carta Magna.
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Añadió que «tiene que ser una fecha que dé tiempo para preparar el acto solemne donde serían invitadas presentes personalidades de distintos ámbitos de la sociedad dominicana».
Explicó que el reglamento de la Asamblea Revisora establece que hay que leer el informe de la Comisión de Verificación y Auditoría y también la Constitución completa.
La Ley 61-24, que establece la necesidad de una reforma de la Constitución abarca 11 artículos propuesto por el presidente Abinader.
Entre los puntos aprobados en la primera lectura se incluye la unificación de las elecciones presidenciales, congresuales y municipales, la prohibición de la reelección presidencial por más de una ocasión, la reducción de la matrícula de la Cámara de Diputados de 190 a170, el fortalecimiento de la independencia del Ministerio Público y la inclusión del presidente del Tribunal Constitucional como parte del Consejo Nacional de la Magistratura. Igualmente se aprobó que sea el Consejo Nacional de la Magistratura quien escoja al procurador general de la República, por una propuesta del Poder Ejecutivo.
Entre estos cambios, el artículo 81 define la nueva estructura de la Cámara de Diputados, mientras que los artículos 166 y 167 actualizan las funciones del Procurador General Administrativo, quien ahora será parte del Poder Ejecutivo, sujeto a regulaciones que se estipularán en la Constitución.
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