jueves, 14 de agosto de 2025

Sentencia contra Juan Alexis Medina y compartes es histórica, según exjuez de la SCJ

 Sentencia contra Juan Alexis Medina y compartes es histórica, según exjuez de la SCJ

Juan Alexis Medina Sánchez / Foto: Chaimy Soriano

El exjuez de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Juan Hirohito Reyes, calificó de histórica e importante la sentencia del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que condena a prisión a Juan Alexis Medina Sánchez y a otros imputados por integrar un entramado de corrupción que desfalcó al Estado dominicano en más de 5 mil millones de pesos.

Hirohito Reyes explica que la decisión de las juezas Claribel Nivar (presidenta del tribunal), Yissell Soto Peña y Clara Sobeyda Castillo, considerada pionera dentro del esquema de persecución de la corrupción, incorpora una herramienta legal clave para abordar estos casos complejos: «el uso de los delatores del proceso«.

«La sentencia es histórica porque en principio partieron de ahí (de la figura del delator), y podría decirse que quizás en términos de la decisión al respecto, las sanciones impuestas no son las que habían propuesto el Ministerio Público, que eran mucho más amplias», pronunció el abogado.

Manifestó que el fallo sienta un precedente sobre cómo el sistema judicial puede manejar casos de corrupción complejos, que superan el estándar probatorio tradicional y en los que predominan las pruebas indiciarias.

«Esto introdujo una nueva modalidad, un nuevo elemento de prueba para hacer un poco más consistente este tipo de proceso», añadió.

Juez
Juan Hirohito Reyes, exjuez de la Suprema Corte de Justicia (SCJ)

Sin embargo, dijo que la sentencia también evidencia las limitaciones del marco legal vigente, especialmente en lo que respecta a la Ley 340-06 sobre compras y contrataciones de bienes, servicios, y obras, la cual carece de sanciones penales.

«El problema que tiene la ley 340-06 es que no tiene sanciones penales, sino en el orden administrativo. Esas circunstancias perjudican, lamentablemente, lo que es la persecución… Entonces, el tribunal se sustentó, se basó en la ley 448 y el delito de soborno previsto en el Código Penal, retuvo además el lavado de activos, por suerte de las modificaciones que se introdujeron en la ley 17-155 del 2017 y también retuvo la asociación de malhechores», detalló el exmagistrado de la SCJ.

Las declaraciones del jurista Juan Hirohito Reyes fueron ofrecidas durante una entrevista en el programa El Despertador, del Grupo SIN.

Otros condenados

El tribunal también condenó a José Dolores Santana Carmona a la pena de 6 años de prisión y a 5 años a Wacal Vernabel Méndez Pineda, Francisco Ramón Brea Morel, Carlos Martín Montes de Oca,  Rigoberto Alcántara Batista y a Paola Mercedes y a Víctor Matías Encarnación.

Los procesados Medina Sánchez, José Dolores Santana Carmona, Wacal Vernabel Méndez Pineda,  Paola Mercedes y Rigoberto Alcántara Batista y varias empresas deberán pagar 500 millones al Estado dominicano.

También, las empresas Domedical Supply SRL; Fuel American Inc.; General Supply Corporations SRL; General Medical Solution AM SRL; Kyanred Supply SRL; Suim Suplidores Institucionales Méndez SRL; United Suppliers Corporations SRL; WattmaxDominicana SRL; WMI International SRL; Wonder Island Park SRL; Acorpor SRL; Ichor Oil SRL; Globus Electrical SRL; Contratas SolutionServices CSS SRL; Constructora Alcántara Bobea (CONALBO) SRL; Proyectos Engineering & Construction PIC SRL; Reivasapt Investment SRL; Suhold Transporte y Logística SRL.

Seguir leyendo: Ministerio Público tras condena a Alexis Medina y compartes: se evidenció la corrupción plena, absoluta y profunda

En virtud del acuerdo al que arribó con el Ministerio Público, el procesado Víctor Matías Encarnación Montero fue declarado culpable y condenado a 5 años de prisión, disponiendo el tribunal la suspensión de la pena, sujeto a reglas, entre las que se encuentran residir en el domicilio que fue notificado al tribunal. También, fue condenado al pago de las costas penales y al pago de una multa de 500 mil pesos.

Libres de culpa

Entretanto, fueron absueltos Fernando Rosa, Carmen Magalys, Freddy Hidalgo, Rafael Antonio Germosén Andújar, Lina Ercilia de la Cruz Vargas, Pachristy Emmanuel Ramírez, Carlos José Alarcón, Libni Arodi Valenzuela Matos, José Miguel Genao Torres, Antonio Florentino Méndez, José Idelfonso Correa Martínez, Aquiles Alejandro Christopher Sánchez y Fulvio Antonio Cabreja Gómez.

También, las empresas Cemeraf y Editorama fueron absueltas por lavado y liberadas del pago de las costas penales del proceso.

Cabe destacar que el tribunal inició con las motivaciones a las 10:45 de la noche del miércoles. Previamente, la presidenta Claribel Nivar se disculpó por el retraso, tras indicar que habían tenido tres días de arduo trabajo para dar respuesta en el caso de manera oportuna.

Explicó que el 10 de mayo del año 2023 el tribunal fue apoderado del proceso, durante el cual se desarrollaron 127 jornadas y se agotó una gran cantidad de horas en coordinación con el equipo del despacho judicial.

No hay comentarios: