Santo Domingo
Por mandato de la Constitución, el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) tendrá que ser convocado este año, pero su integración dependerá de los resultados de las elecciones del 15 de mayo, ya que podrían incidir en la composición del gobierno y del Congreso Nacional, y con ello en el CNM.
La convocatoria del CNM de este año será para escoger a los cinco jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE), debido a que los actuales magistrados fueron nombrados hasta el 16 de agosto de 2016. Además, deberá sustituir a dos jueces de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y del Tribunal Constitucional que cumplieron la edad límite de 75 años para su retiro, exigido por la Constitución.
La octava disposición transitoria de la Constitución establece que excepcionalmente los integrantes del TSE ejercerán su mandato hasta el 16 de agosto de 2016, al igual que los miembros de la Junta Central Electoral (JCE), pero el nombramiento de esos últimos es responsabilidad del Senado.
El TSE fue conformado en diciembre del 2011, siendo electos para su primer período de operación los jueces Mariano Rodríguez, como presidente, así como Marino Mendoza, John Guiliani, Mabel Féliz y José Manuel Hernández Peguero.
Mientras, los jueces que ya cumplieron los 75 años y por lo tanto deben ser reemplazados son Víctor Gómez Bergés, del Tribunal Constitucional, y Martha Olga García Santamaría, de la SCJ. Gómez Bergés cumplió 75 años el 25 de febrero de 2015, y García Santamaría el 4 de septiembre de ese mismo año.
Además, en el 2017 el CNM deberá abocarse a renovar el Tribunal Constitucional y en el 2018 a la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
Tendrá que sustituir a principios del 2017 a cuatro magistrados del TC designados por seis años, que además de Gómez Bergés, son Leyda Piña, Ildefonso Reyes y Jottin Cury. Y en el 2018 a los jueces de la SCJ nombrados por siete años. La convocatoria del CNM corresponde al Presidente de la República, que en esta ocasión será la persona que triunfe en las elecciones de mayo del 2016.
Compete al CNM, en virtud del artículo 179 de la Carta Magna, y 3 de la ley 138-11, designar a los magistrados de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), del Tribunal Constitucional, del Tribunal Superior Electoral (TSE) y evaluar el desempeño de los magistrados de la Suprema.
Está integrado por los presidentes de la República, del Senado, de la Cámara de Diputados y de la SCJ; también, por un Senador y un Diputado que pertenezcan al partido diferente al del presidente del Senado y de la Cámara de Diputados que ostente la segunda mayoría, un magistrado de la SCJ escogido por ella misma, y el Procurador General de la República.
El TSE y el TC son dos órganos de reciente funcionamiento. Fueron creados en la Constitución del 26 de enero del 2010 y sus integrantes designados en diciembre del 2011, al igual que los actuales jueces de la SCJ y del TC.
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ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES
ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES
El Tribunal Constitucional fue creado para garantizar la supremacía de la Constitución, la defensa del orden constitucional y la protección de los derechos fundamentales. Sus 13 jueces son designados por un único período de nueve años, sin poder ser reelegidos, salvo los que en calidad de reemplazantes hayan ocupado el cargo por un período menor de cinco años. Su funcionamiento está regulado por la ley 137-11.
El TSE es competente para juzgar y decidir con carácter definitivo sobre los asuntos contenciosos electorales y estatuir sobre los diferendos que surjan a lo interno de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos. Sus funciones están reguladas por la ley 29-11, que además le otorga atribuciones para conocer las solicitudes de rectificación de actas del estado civil. Sus miembros son electos por cuatro años.
En el 2018 corresponde la renovación de la SCJ, cuyos integrantes fueron nombrados en diciembre del 2011 por un período de siete años. Al finalizar su mandato, están sujetos a la evaluación de desempeño, pudiendo ser reelectos para un nuevo período. La SCJ está integrada por 17 jueces, uno de ellos desempeña sus labores en el Consejo del Poder Judicial (CPJ). La edad de retiro obligatoria de los jueces de la SCJ es de 75 años, al igual que los del TC.
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