SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional dejó en estado de fallo un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por de la Asociación de Bancos Comerciales (ABA), la Asociación de Bancos de Ahorro, Crédito y Corporaciones de Crédito (ABANCORD) y Liga Dominicana de Asociaciones de Ahorros y Préstamos (LIDAAPI), que busca variar las tarifas de los costos por concepto de honorarios profesionales de los notarios.
Durante la audiencia los abogados Francisco Álvarez Valdez y David Maluf Jorge, en representación de la (ABA), la (ABANCORD) y (LIDAAPI), pidieron que se acoja el recurso y declarar no conforme varias disposiciones de la Ley 140-15 que regula el notariado dominicano e instituye el Colegio Dominicano de Notarios del 7 de agosto del 2015. En tal virtud quieren declarar inconstitucionales los artículos 13, 16 parte capital, 19 parte 23, 26.4, 28.8, 51.2, 51.3, 53 parte capital, 57.4, 58.5 y 66 de la citada legislación.
De su lado, el represente legal de la Cámara de Diputados, Yerris de Jesús Castillo, solicitó declarar conforme a la Constitución dicha ley por considerar que esa instancia cumplió con el procedimiento para su aprobación y dejar a soberana decisión del tribunal decidir sobre la acción directa de inconstitucionalidad.
Mientras el Senado representado por el abogado Santiago Merán, consideró que en esa legislación existen contradicciones conceptuales, distorsiones procedimentales y violaciones al principio de la racionalidad, proporcionalidad, la equidad, y libre competencia que amerita nuevamente su revisión por parte del Congreso Nacional.
Exhortar al Congreso para que dentro de sus funciones legislativas emita una ley más justa y útil para la sociedad dominicana, que enmiende las distorsiones, antigüedades e inconstitucionales que afecta la ley que regula el notariado dominicano. Ordene mientras se emita una nueva ley que se aplique restitución y vigencia con todos sus efectos la Ley 301 del 18 junio 1964, la Ley 89-05 que crea el Colegio Dominicano de Notarios.
En ese sentido, piden acoger el recurso elevado por las entidades bancarias y admitir y los intervinientes voluntarios.
En tanto, el Ministerio Público representado por el procurador adjunto Ricardo José Taveras, declarar en cuanto a la forma admisible la acción en inconstitucionalidad y en cuanto al fondo rechazarla por improcedente y mal fundada.
En tanto, el Colegio Dominicano de Notarios, en la persona de su presidente Pedro Rodríguez Montero, requirió del TC rechazar la demanda interpuesta en razón de que un minucioso y ponderado examen de la Ley 140-15 y los motivos fundamentales que le dieron origen, permitió llegar a la conclusión de que resulta ser racional. Además que ha sido bien ponderada por el Congreso Nacional, que cumplió adecuadamente el inter legislativo, establece un adecuado nivel de justicia constitucional, además de que dicha acción no es competencia del tribunal C sino de la jurisdicción ordinaria en el orden civil.
Como intervinientes voluntarios participaron: Teófilo Rosario Martínez, Jesús María Hernández y Livino Tavarez Paulino, Wilkin Wilkinson Medina y Asociación de Alguaciles.
Del presidente del TC
El presidente del Tribunal Constitucional, Milton Ray Guevara, advirtió que no acepta ni presiones ni manifestaciones de ningún tipo que afecten la dignidad de las audiencias.
Dijo que a ese tribunal se viene a pedir respeto a la Constitución y en tal virtud se debe respetar el debido proceso donde cada quien expresar sus posiciones.
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