domingo, 6 de marzo de 2016

Álvarez recuerda Congreso solo tiene dos funciones: legislar y fiscalizar

A  propósito de la  constante petición de algunos sectores de regular el proceso electoral  en el tema de financiamientos, el abogado Francisco (Pancho) Álvarez Valdez, señaló este domingo en Los Sabios en La Z, que habría que preguntarse de qué vale hablar de una ley de partidos nueva “si no la vamos a cumplir”. 
Calificó de irrisoria la disposición de la Junta Central Electoral de suspender por tres meses el uso de los fondos del barrilito y cofrecito  en la  Cámara de Diputado y en el Senado, alegando que la medida sería por la equidad durante la campaña electoral, cuando la Constitución establece que el Congreso solo tiene dos funciones: legislar y fiscalizar.  
“Eso crea el ventajismo que el PLD fundamentó;  ese tema define ventajismo siempre, no solo en campaña electoral”, explicó Pancho Álvarez y, agregó que eso debería ser eliminado  de manera  definitiva.
Invitó a leer en la  web  www.iom.edu.do  un  trabajo de investigación  titulado: “Ley de financiamiento, género y  selección de candidatos”, donde sale a relucir que solo República Dominicana y El Salvador no tienen sanciones por acciones pecuniarias para financiar campañas políticas.
Destacó que la JCE  tenía  poder reglamentario desde el 2010 otorgado por la Constitución y, que esto  tiene un impacto específico.
“Ya lo ha señalado el Tribunal Constitucional en su sentencia del 2014, desde allí  se aprecia que la JCE ha sido configurada como  un órgano autónomo, goza de personalidad jurídica propia,  posee iniciativas legislativa en materia electoral y tiene capacidad  reglamentaria de tipo general que lo establece la parte capital del art. 212 y yo digo, que  tiene capacidad reglamentaria específica en el párrafo 4 cuando dice que reglamentará para garantizar los principios de equidad los tiempos  y límites de la campaña y los gastos de la misma”, manifestó.  
Recordó que el art. 74, en el punto 2, establece que sólo  por ley en los casos permitidos por la Constitución  se podrá regular el ejercicio de las leyes  fundamentales, “y en eso se basa la  JCE; eso es cierto siempre y cuando la propia Constitución no le haya dado un mandato expreso a ese órgano”.
Expresó que la  propia ley actual tiene un  párrafo que dice que la JCE tiene la facultad para anular cualquier operación  e incautar provisionalmente con el auxilio de la fuerza  pública cualquier uso indebido de  los recursos del Estado.

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