El Tribunal Constitucional ordenó a la jefatura de la Policía Nacional la reintegración de un agente y adecuar la pensión de un general retirado, mediante sendas sentencias.
En una sentencia, el TC dispuso la reposición del agente policial Tomás Ezequiel Monegro de Paula, en el grado que ostentaba al momento de producirse la cancelación de su nombramiento, el cual no se establece en el fallo del tribunal.
También ordenó que le sea reconocido el tiempo que estuvo fuera de servicio y saldados los salarios dejados de pagar desde el momento de la desvinculación hasta la fecha en que sea reintegrado.
Otorgó un plazo de 60 días calendarios, para que la Jefatura de la Policía Nacional cumpla con el mandato de la presente sentencia, a partir de su notificación.
Impuso a la PN el pago de una astreinte RD$1,000.00 por cada día de retardo en la ejecución de la decisión, en favor del accionante.
El TC acogió un recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Monegro de Paula contra la Sentencia núm. 030-02-2018- SSEN-00294 dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el 6 de septiembre de 2018, la cual rechazó una acción de amparo interpuesto por el agente de la PN.
El Constitucional a su vez acogió la acción de amparo presentada por Monegro de Paula, quien accionó en contra de la PN alegando violación de las garantías fundamentales del debido proceso administrativo y derecho de defensa, al haber sido desvinculado de la institución sin cumplir con las disposiciones contenidas en la Ley 590-16 Orgánica de la Policía Nacional. El fallo del TC está contenido en el comunicado 4/21, publicado en su página de internet.
Pensión a general
En otra sentencia, el TC acogió un recurso de revisión de amparo, y ordenó a la Policía Nacional y a su Comité de Retiro, la adecuación de la pensión correspondiente al señor José Batista Reyes hasta igualar el monto devengado por los demás generales retirados de la institución.
El TC declaró procedente una acción de amparo interpuesta por el general retirado y revocó la sentencia número 0030-04-2019-SSEN-00276, dictada por la Tercera Sala del TSA el 5 de agosto del 2019.
En este caso, también impuso el pago de una astreinte de RD$2,000.00 por cada día de retardo en la ejecución de la decisión, en contra de la Dirección Nacional de la Policía Nacional y el Comité de Retiro, en favor del accionante. El dispositivo de este fallo fue publicado en el comunicado 5/21.
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