jueves, 19 de junio de 2014

Apelarán decisión que ordena traslado interno Redondo Llenas

El Ministerio Público apelará la decisión emitida por la jueza del Tribunal  de Ejecución  de la Pena del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís, Altagracia Esther Mejía, que  ordena que el interno Mario Redondo Llenas, condenado a 30 años por la muerte de su primo, el  niño José Rafael Llenas Aybar, cumplir su sentencia bajo el nuevo modelo penitenciario, en el sistema abierto de reclusión que opera en el recinto de Haras Nacionales, en Santo Domingo.
La fiscalía tomo la decisión de apelar mediante los alegatos que no pueden ser traslado de acuerdo al Reglamento para Instituciones Abiertas del Régimen Penitenciario de la Procuraduría General establece en su “artículo cuatro que estarán excluidos de ese  beneficiarse de dicho régimen aquellos reclusos que hayan sido condenados por las siguientes infracciones de: asesinato, lavado de activos, parricidio, infanticidio, incendio premeditado, envenenamiento, secuestro, narcotráfico (traficante y patrocinador), violencia Sexual y explotación contra niños, niñas y adolescentes, fuga, atentados contra la seguridad del Estado, lavado de activos y trata de Seres Humanos”.
En ese sentido, el interno Redondo Llenas cometió asesinato en perjuicio de hoy occiso su primo, por lo que en la actualidad cumple condena en Centro de Corrección y Rehabilitación Cucama-Romana (CCR-15).
Y en caso de que se cumpliera el dictamen el interno entraría dentro del  régimen flexible de libertad, pero bajo un sistema de control y seguridad acorde al nivel de confianza. Es decir que estaría preso pero sin rejas que le impida en algún momento fugarse.
Se recuerda, que la jueza Mejia del referido tribunal le había negado un  pedido de libertad condicional presentado por el interno Mario Redondo Llenas,  condenado a 30 años por la muerte de su primo, el niño Llenas Aybar, por lo que deberá cumplir en la cárcel el tiempo que le restan.
La magistrada adoptó tras rechazarle la solicitud al considerar que interno no mostró arrepentimiento por el crimen cometido; que la sociedad sigue marcada por ese delito y aún no está preparada para recibir al imputado.
Además, la jueza estableció en la instancia de su decisión  en esa ocasión que por no mostrar el arrepentimiento que  no tenemos la certeza de que el interno este apto para respetar la ley, la moral y las buenas costumbres así como para reinsertarse en el mercado laboral en procura de proveerse de sus necesidades y las de los suyos.
No obstante, la jueza insto al interno a practicar y conocer el amor de Dios a través de la lectura y practicar que en una nueva ocasión pueda reflejar en su actitud un verdadero arrepentimiento por el hecho cometido.
Redondo Llenas, asesino a su primo el menor, en 1996, también fue condenado, pero a 20 años, Juan Manuel Moliné Rodríguez.
El cadáver de Llenas Aybar fue hallado en el arroyo Lebrón, en el kilómetro 24 de la autopista Duarte, con 34 puñaladas.

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