Desde la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH-RD) informó que depositó ante la Procuraduría General de la República una instancia en la que pide al procurador Francisco Domínguez Brito, la abertura de una investigación seria, exhaustiva e independiente sobre las circunstancias, causas y responsabilidades de la muerte de Claudio Caamaño.
La CNDH-RD dijo que depositó la instancia el pasado martes 5, en busca de respuestas tras el fallecimiento del héroe constitucionalista el pasado 22 de abril, por la negación de primeros auxilios y curas médicas en diferentes centros de salud, públicos y privados del país.
“Recordamos que la Ley 42-01 establece dos principios fundamentales: la importancia de la persona humana, que es centro de los derechos y la garantía del derecho a la salud, independientemente de su filiación política o religiosa”, expresó en una nota de prensa Manuel María Mercedes, presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH-RD).
“Todos los artículos de la ley 42-2 han sido violados en este caso por el personal médico y de enfermería que no dispensó la atenciones médicas que aplicaban para el caso del extinto Claudio Caamaño; siendo estas actuación rango de constitucionalidad como es el de la salud avalado en el artículo 61 de la Constitución” señala Ricardo Campusano, secretario de asuntos civiles y políticos de la misma organización defensora y promotora de los derechos humanos.
La CNDH-RD informó también que “esta actuación irresponsable de los médicos y del personal de enfermería puede conllevar sanciones tipificadas tanto en el Código Penal dominicano cuanto en el Código Civil, ya que este por ejemplo en sus artículos n. 1382 y n. 1383 se refiere a actos de discriminación y desigualdad”.
“En el plano del derecho internacional informamos que el Estado dominicano ha violentado la Declaración Universal de los Derechos Humanos (Art. n. 25), la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (Art. n. 11), el Pacto de San José o Convención Interamericana Sobre Derechos Humanos (Art. n. 1, n. 5, y n. 26), además de la misma Constitución dominicana en sus artículos 37, 38 , 39, 42, y 61 y 148 sobre la Responsabilidad Civil, en la que incurren los órganos del Estado al momento de cometer cualquier falta que desconozca los derechos ciudadanos”, agrega la nota.
La entidad de los Derechos Humanos reiteró que la salud es un derecho fundamental que en este caso se le ha violado hasta sus últimas consecuencias, ocasionándole la muerte a Claudio Caamaño y que el ejercicio de la medicina en un centro público o privado no puede ser un privilegio ni puede generar desigualdad, exclusión social y discriminación en un Estado Social y Democrático de Derecho como la República Dominicana.
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