Santiago.-El oncólogo César Augusto Núñez Rojas, quien en tres ocasiones atendió a Pedro Alejandro Castillo Paniagua (Quirinito), aseguró que los estudios practicados al paciente arrojaron que éste padecía cáncer en la lengua y que le administró radioterapia en al menos dos ocasiones.
Mediante un extenso comunicado, defendió su actuación en el caso, al señalar que atendió a Paniagua como un paciente más y dijo que los documentos que muestran la enfermedad están en el centro médico que labora a disposición de las autoridades.
A continuación el comunicado
En vista del escándalo que se ha generado en torno al caso del señor Pedro Alejandro Castillo Paniagua, en mi condición de oncólogo médico es mi deber hacer las siguientes aclaraciones.
Todo paciente que acude a mi consultorio privado en Santiago, sin importar su condición económica, ni social es mi deber y costumbre asistirlo, orientarlo y el señor Pedro Alejandro Castillo Paniagua no era la excepción.
Se ha querido torcer y tergiversar los hechos, pero en el caso desde el punto de vista médico en lo que a mi concierne, se cumplió con un protocolo para determinar la real condición de ese paciente.
Un diagnóstico de cáncer no es un diagnóstico que se saca cual si fuera magia o sacar un “as” debajo de la manga, es el resultado de un diagnóstico histopatológico que te lo da un patólogo luego de tomar una muestra de tejido.
Después de un sin número de procedimientos, como el ser visto por médico de la cárcel, luego el Procurador ordena que sea visto por el médico legista, el señor Castillo Paniagua acudió a su consulta remitido finalmente, llegó a consulta enviado por la Procuraduría de la Corte y el director del Nuevo Modelo Penitenciario, desde San Francisco de Macorís, la mañana del miércoles 11 de enero del 2017 a las 9: 46 AM, acompañado de su esposa Jennifer Domínguez y un nutrido cuerpo de seguridad, luego de la historia clínica y evaluación física, se indicaron estudios que tiempo después arrojó como resultado que éste paciente padecía un carcinoma epidermoide de lengua etapa clínica IIIB, esos resultados histopatológicos están en los archivos de Patología del Laboratorio ¨LAPCI¨ que opera en la clínica donde tengo mi consultorio, por los que los interesados incluyendo la Procuraduría y todo el que quiera pueden luego de los trámites correspondientes acceder a ellos.
En cuanto al plan de tratamiento a éste paciente, se programaron seis ciclos de quimioterapia, a razón de una por semana más radioterapia, iniciándose la primera el 31 de marzo 2017, citándose para el día 07 de abril 2017 para continuar con el tratamiento, no fue posible traerlo ese día por razones que desconozco y fue traído el 12 de abril 2017, acompañado de custodias y su esposa, se le aplicó su segundo ciclo y luego remitido ese mismo día al Centro de Corrección y Rehabilitación Vista al Valle en San Francisco de Macorís.
Días después me entero en un mensaje que alguien deja con mi asistente que fui excluido del caso porque el Procurador solicitó que el paciente sea evaluado en el Instituto Oncológico de San Francisco de Macorís, incluso por medio de una sentencia de la magistrada Jueza la Señora Aleida de Jesús Acosta quien “ordenó” que el paciente no volviera más a la ciudad de Santiago a consulta privada, ya que por su condición de interno debía ser visto, seguido y tratado en el sector público por los médicos del INACIF y el personal de salud del Instituto Oncológico del Nordeste en San Francisco de Macorís. Todas sus visitas y tratamientos están documentados y en manos de las autoridades.
Meses después de haberlo visto por última vez, en septiembre 2017, en casa y a través de los medios de la prensa me entero sobre la muerte de Pedro Alejandro Castillo Paniagua, es ahí que le comento a mi padre “ese muchacho fue mi paciente” ¡ Oh sorpresa para mí, era el famoso “Quirinito” !!!
Es importante señalar que cuando nos llegan referidos internos de las provincias circundantes a la ciudad de Santiago, pues nos llegan de Puerto Plata, La Vega, Moca, Montecristi a una Evaluación Oncológica en mi condición de Encargado de La Consulta de Tumores de Cabeza y Cuello del Instituto Oncológico Regional del Cibao, (no somos abogado), pero con esos pacientes lo que se supone hace el Ministerio Público es solicitar que sean trasladados a la cárcel de Rafey en Santiago, para que de ésta forma el traslado a recibir el tratamiento oncológico sea lo menos traumático posible para esos pacientes, por asunto de distancia, entendiéndose que la radioterapia es administrada diariamente de lunes a viernes, esos internos no son enviados a su casa, esos internos no se le solicita variación de la pena, esos internos no se dejan sin seguridad, eso nunca depende del médico oncólogo tratante en ese momento; que las autoridades, el juez, el procurador, el encargado de custodia y el supervisor entre otros, hayan tomado la decisiones relativas al cambio de la modalidad y variándole la pena, sin custodia aparentemente, ni vigilancia no es asunto ni responsabilidad del médico oncólogo encargado del caso.
Nosotros los médicos oncólogos somos especialistas en atender al enfermo con cáncer, el objetivo es el cuido del enfermo desde el punto de vista clínico, desde que se hace el diagnóstico, incluyendo el tratamiento y seguimiento del paciente, hasta que sus familiares o el mismo paciente, o una tercera persona con poder sobre él lo decida, no solicitamos nunca variación de la pena, nuestra responsabilidad consiste única y exclusivamente en proveer atención médica, no podemos hacer el trabajo de los agentes del nuevo modelo penitenciario, que se supone es velar por la seguridad y ahora voy hablar por mí en particular y primera persona: Yo no era la persona encargada de vigilar el señor Pedro Alejandro Castillo Paniagua, nosotros desde Santiago y excluidos del caso por orden judicial, no era quien tendría que brindarle seguridad en San Francisco de Macorís a ese interno, esos aspectos son propios de las autoridades más no de médicos.
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