El presidente Danilo Medina promulgó anoche la Ley Orgánica de Régimen Electoral No. 15-19, la cual restringe el uso de los recursos del Estado en campaña de candidatos que ocupen cargos públicos.
La Ley dispone la suspensión de los candidatos que ocupen cargos públicos de sus funciones, desde el momento en que este sea aceptada por la Junta Central Electoral (JCE).
Entre otros aspectos que presenta la ley, es que el gobierno central, el local y las entidades públicas descentralizadas, se abstendrán de realizar programas de apoyo social o comunitarios extraordinarios.
La Ley 15-19 prohíbe a los partidos presentar candidatos tránsfugas, al disponer que no podrán ser postulados por ningún otro partido o agrupación o alianzas electorales, candidatos que hayan sido nominados previamente por su correspondiente organización.
Los candidatos tampoco podrán ser apresados por lo menos ocho días antes de las elecciones, salvo flagrante delito.
La pieza legislativa cuenta con 293 artículos y casi 300 páginas que contienen 25 títulos secciones y subsecciones.
La Ley tiene como objetivo regular lo relativo al ejercicio del derecho de ciudadanía de elegir y ser elegible, el procedimiento y desarrollo del proceso electoral para conformación del Poder Ejecutivo, el Poder legislativo y la elección de las autoridades municipales; el funcionamiento y competencias de la Junta Central Electoral como máximo ente responsable de la organización de los comicios.
El árticulo 166, destaca el tope de financiamiento a través del cual un candidato presidencial podrá gastar en campaña hasta 122.50 pesos por elector, contempla además, que en el nivel congresual es de 105 pesos, 87 pesos en el municipal y 43 pesos en el caso de los regidores por debajo de la propuesta de la Junta Central Electoral, que era de 200 pesos en el caso del candidato presidencial por elector.
No hay comentarios:
Publicar un comentario