SANTO DOMINGO.-Las agrupaciones políticasa que respaldan la candidatura presidencial de Leonel Fernández tienen que moverse entre una madeja de plazos legales, pero al final de cuentas tienen hasta el 3 de marzo de 2020 para formalizar su inscripción ante la Junta Central Electoral.
La Ley de Partidos Políticos obliga a que al menos una de esas organizaciones haga la proclama como candidato este domingo 27 de octubre, pero la Ley de Régimen Electoral establece que la inscripción oficial ante la JCE tiene como tope hasta 90 días antes de las elecciones, lo que coloca ese plazo en el 3 de marzo de 2020.
La Ley de Partidos establece que los partidos deben enviar el listado a la JCE a más tardar el 15 de noviembre, aunque la inscripción oficial, en virtud de la Ley Electoral, es el 3 de marzo para los niveles presidencial y congresional.
La disposición de la Ley Electoral permite un holgado periodo al Tribunal Constitucional para decidir en torno al recurso de inconstitucionalidad interpuesto al numeral cuatro del artículo 49 de la Ley de Partidos Políticos, que en caso de ser declarado contrario a la Carta Magna evitaría la discusión sobre si Fernández puede ser inscrito o no como candidato presidencial por una organización política distinta al PLD luego de participar en las primarias..
La parte de la Ley de Partidos que ha sido sometida a la revisión constitucional reza: “Que el aspirante a una precandidatura para un determinado evento electoral, en representación de un partido, agrupación o movimiento político no haya participado como candidato por otro partido, agrupación o movimiento político para el mismo evento electoral”.
La ambigüedad de esa redacción, que utiliza de manera indistinta las palabras precandidatos y candidaturas, ha generado un debate sobre la posibilidad de que Fernández pueda inscribirse como candidato.
Procedimiento
Si los grupos que auspician la candidatura de Fernández deciden formalizar su inscripción ante la Junta Central Electoral antes de una decisión del Tribunal Constitucional, entonces el organismo comicial tiene un plazo de cinco días para validar o rechazar la candidatura en virtud de lo que establecen las leyes de Partido y la Electoral.
Una decisión del Tribunal Constitucional antes de que se formalice la inscripción de las candidaturas despejaría las dudas que han surgido y permitiría a la Junta tomar una decisión sin tener que ser arrastrada a un debate jurídico y político que empañe el proceso electoral que le corresponde organizar en 2020.
Las proclamas
Varios partidos políticos contemplan respaldar la candidatura presidencial de Leonel Fernández, quien ya fue escogido para tal posición por el Partido de los Trabajadores Dominicanos, que en su más reciente Asamblea aprobó el cambio de nombre por el de La Fuerza del Pueblo, que sería la plataforma en que se cobijarían los que han renunciado del Partido de la Liberación Dominicana luego de las primarias en las que Gonzalo Castillo fue proclamado ganador.
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Faltan para celebrar las elecciones en las que se elegirán Presidente, vicepresidente y los congresistas.
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