Ex oficiales de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas que fueron puestos en retiro por diferentes motivos, desde el rango de sargento hasta general, están usando cada vez con más frecuencia la vía de la acción de amparo para reclamar su reintegro, entre ellos un grupo que fue cancelado por estar vinculado a procesos penales, mala conducta y faltas graves.
El dato es extraído de los expedientes en materia de amparo que ha decidido el Tribunal Constitucional durante este año, que muestra que de 110 casos de esa naturaleza, 35.4 por ciento corresponden a reclamos de reposición de ex oficiales a instituciones policiales y castrenses, que en total suman 39.
Al examinar esos expedientes publicados por el Tribunal Constitucional, el hallazgo que llama más la atención es que de los 39 amparos sometidos por ex agentes policiales y militares de alto rango, 56 por ciento de las cancelaciones se produjeron por haber sido investigados penalmente o sometidos a la justicia.
Algunos de ellos fueron condenados, y cumplieron su pena, pero otros fueron descargados.
Los delitos de los cuales fueron acusados y que motivó su puesta en retiro fueron principalmente narcotráfico, homicidio voluntario, secuestro, violencia de género, falsificación de documentos, extorsión, robo y alquiler de armas de fuego a civiles.
En diez casos las gestiones de reincorporación fueron hechas por ex oficiales puestos en retiro forzoso o dados de baja por mala conducta, faltas graves o indisciplinas internas, algunas por recibir prebendas para hacer gestiones a compañeros y participar en investigaciones sin estar autorizados por la jefatura. En algunos casos no se especifica en que consistieron las faltas graves o las inconductas.
De los 22 ex oficiales que fueron sometidos a procesos penales o que estuvieron bajo investigación, algunos fueron condenados y cumplieron la pena y otros fueron descargados por insuficiencia de pruebas o mediante hábeas corpus, por lo cual cuando concluyeron los procesos y las indagaciones acudieron a sus respectivas entidades a reclamar su reincoporación.
A la Policía Nacional corresponden 31, y los restantes ocho a organismos de las Fuerzas Armadas, como el Ejército, con cinco, la Armada Dominicana, antigua Marina de Guerra, con dos, y a la Fuerza Aérea, con uno.
Inicialmente la mayoría de los reclamos de reposición prosperaron, porque fueron acogidos en el Tribunal Superior Administrativo (TSA), por donde se inicia el proceso mediante las acciones de amparo. Salvo algunos casos, ese tribunal por general ordenó a la PolicÏa Nacional y a las Fuerzas Armadas la resposición de los demandantes, pero posteriormente estas instituciones sometieron recursos de revisión ante el Tribunal Constitucional buscando la nulidad de los fallos.
En el TC, la mayoría de las sentencias que acogieron los amparos fueron revocadas, por lo general porque consideró que las acciones de amparo fueron sometidas de forma extemporánea.
Al revisar los fallos del TC, divulgados de enero a junio de este año, se aprecia que solo cuatro reclamos tuvieron éxito.
Las acciones de amparo fueron sometidas porque las instituciones a las que pertenecían los reclamantes se negaron a reponerlos cuando lo solicitaron, en ocasiones hasta después que el TSA dispuso su reintegración.
Los casos llegan al TC mediante recursos de los propios reclamantes, cuando no son favorecidos con las acciones de amparo en el Tribunal Superior Administrativo, o por recursos de las institucionales policiales y castrenses, cuando se acogen las acciones de los oficiales.
CASOS ACOGIDOS EN LA CORTE CONSTITUCIONAL
Uno de los reclamos de reposición que tuvo éxito fue hecho por el ex sargento de la PN, Ramón Antonio Ortega Núñez, quien fue dado de baja por una acusación de secuestro junto con otros agentes policiales en diciembre de 2008. Este nunca fue sometido a la justicia, porque, según el expediente judicial, se comprobó que el día del secuestro estaba ingresado en un centro médico y, además, la víctima declaró al fiscal actuante que no había participado. Acudió a la PN en busca de su reposición, donde fue evaluado con esos fines, pero no lo reintegraron, por lo que sometió una acción de amparo, que fue acogida por el TSA. La PN recurrió la decisión ante el TC, el cual le rechazó un recurso de revisión y confirmó la sentencia (TC/019/16).
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