Santo Domingo, 23 oct.- El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Flavio Darío Espinal, desmintió hoy que la Declaración Jurada de Patrimonio (DJP) del presidente de la República, Danilo Medina, careciera del correspondiente certificado de pago de impuestos, en contra de lo expuesto en un informe difundido ayer.
El quinto boletín del Laboratorio Social P. José Antonio Esquivel del Programa para Estudios del Desarrollo Dominicano (PEDD) de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (Pucmm) y el Centro de Estudio Juan XXIII incluye al mandatario en una lista de cientos de funcionarios que, según el texto, no depositaron el certificado de la retención anual impositiva.
En este sentido, Espinal indicó en declaraciones a la prensa que la retención impositiva la hace la Presidencia y “cuando usted trabaja para una institución del Gobierno y es su única fuente de ingreso, la persona no tiene que hacer una declaración jurada de impuestos porque solo tiene un ingreso y la institución que le paga hace la retención”.Medina “depositó esa certificación ante la Cámara de Cuentas, esa es la información que yo tengo, y hay copias de ese depósito”, explicó el asesor, que insistió en que la “ley hay que cumplirla”, en referencia a aquellos funcionarios que no hayan presentado debidamente la DJP.
A este respecto, dijo que tiene la impresión de que “esos funcionarios solo tienen como fuente de ingreso su trabajo en el Estado y que a ellos se les hace una retención”.
“Pero en el caso del presidente de la República, él cumplió con la ley depositando la certificación de retención impositiva que le hace el Ministerio de la Presidencia, entidad que le hace el pago”, insistió.
El informe divulgado ayer también señalaba que jueces de la Suprema Corte de Justicia, senadores y diputados depositaron su declaración jurada de patrimonio sin la debida fotocopia que certifique su pago anual de impuestos, como establece la normativa.
El laboratorio responsable del estudio se dedica a dar seguimiento al cumplimiento de la Ley sobre Declaración Jurada de Patrimonio (DJP) y a su Reglamento de Aplicación, el Decreto 92-16).
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