martes, 6 de julio de 2021

Macarrulla emplaza a dos personas a retractarse públicamente por comentarios en redes

 

  • Macarrulla emplaza a dos personas a retractarse públicamente por comentarios en redes
Redacción Digital
Santo Domingo, RD.

El ministro de la Presidencia, Lisandro Macarrulla, emplazó a dos personas a que se retracten públicamente de lo que considera una campaña injuriosa en su contra, vertida a través de redes sociales.

Las personas identificadas y emplazadas son Miguel Angel Severino, que utiliza la cuenta de la red social Twitter  (@allthager), y Delvys Radhames Lanfranco Veras, que utiliza la cuenta Twitter ((@delvyslanfranco). Ambos son señalados como dirigentes políticos de la oposicion y del partido de gobierno. Veras es miembro del Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y Severino Rodríguez es dirigente del Partido Revolucionario Moderno (PRM).

Ambos fueron notificados, a requerimiento del ministro Macarrulla, a través del abogado Miguel Valerio. "En el acto les fue otorgado un plazo de un día franco para que eliminen las publicaciones que se produjeron expresiones difamatorias en contra del empresario y funcionario, y se retracten públicamente de las afirmaciones vertidas en su contra", indica un comunicado de prensa sobre el caso.

En la instancia se señala que fueron advertidos de que se abstengan de "seguir realizando afirmaciones difamatorias en perjuicio del honor de Lisandro Macarrulla".

En la notificación se hace referencia al artículo 44 de la Constitución dominicana que se refiere al “Derecho a la intimidad y el honor personal'.  “Toda persona tiene derecho a la intimidad. Se garantiza el respeto y la no injerencia en la vida privada, familiar, el domicilio y la correspondencia del individuo. Se reconoce el derecho al honor, al buen nombre y a la propia imagen. Toda autoridad o particular que los viole está obligado a resarcir o repararlos conforme a la ley.”

“La difamación cometida a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicación o audiovisuales, se sancionará con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a quinientas veces el salario mínimo”, artículo 21 de la Carta Magna que se refiere a la difamación

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