La Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por por supuestas anomalías en la licitación para construir dos plantas a carbón en Punta Catalina, Baní, interpuesto por las empresas Gezhouba Grup Company Limited CGGC y el Consorcio Impe, C.por A, en contra de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE).
La decisión del alto tribunal, emanada el 2 de septiembre pasado, favorece además, a las empresas constructoras Odebreht Tecnonont, la Dirección General de Contrataciones Públicas y el procurador general administrativo, según una certificación que pidieron la CDEEE y Odebreht ante la SCJ.
La certificación de la Suprema está firmada por la secretaria del tribunal, Nieves Iris Alcántara, el pasado viernes.
“Certifico que en los archivos de la Secretaría a mi cargo, existe un expediente marcado con el número 2014-5368 y que en rol número 16 de las lecturas de sentencias fallados en esta Tercera Sala, figura que fue fallado el día 2 del mes de septiembre del 2015, cuya decisión fue declarar inadmisible el recurso de casación de que se trata”, dice Alcántara.
Las empresas sometieron la casación, tras la adjudicación de la licitación de la CDEEE a Odebreht y a l Grupo Estrella.
Las empresas alegan que hicieron una mejor oferta que Odebreht. Sin embargo, Odebreht señaló que su competencia no llegó ni a 40 puntos en los requisitos exigidos para construir las dos plantas.
La CDEEE adjudicó el contrato para la construcción de dos unidades de generación a carbón mineral de 384.9 megavatios brutos cada una al consorcio integrado por las empresas Constructora Norberto Odebrecht, S.A., Tecnimont S.p.A. e Ingeniería Estrella S.R.L, ganador de la licitación pública internacional convocada por la entidad estatal.
La evaluación técnica estuvo liderada por la firma norteamericana Stanley Consultants Inc.
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